III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25273)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Osa Mayor, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Alcubierre y Lanaja (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164855
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Osa Mayor,
SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 49
MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en
Alcubierre y Lanaja (Huesca).
Energía Inagotable de Osa Mayor, SL (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 6
de julio de 2021, autorización administrativa previa del parque eólico Osa Mayor
de 49,5 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una comunidad autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 24 de julio de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de
autorización administrativa previa de los parques eólicos Norma y Osa Mayor,
de 49,5 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca
y Barcelona, con número de expediente asociado PEol-627-AC.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente fue incoado y tramitado en las áreas de Industria y Energía de las
subdelegaciones del Gobierno en Huesca y Barcelona, y se tramitó de conformidad con
lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas Administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 24 de noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca» y el 10 de diciembre de 2021 en el «Diari Oficial de la Generalitat
de Catalunya». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de España,
del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca, del Ayuntamiento de Alcubierre, de
Serveis Territorials Territori i Sostenibilitat Barcelona y de la Gerència de Serveis
d'Infrastructures Viàries i Mobilitat de la Diputació de Barcelona. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, que responde a las mismas trasladando su
conformidad.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, pero donde se ponen en manifiesto una serie de
condicionantes en relación al proyecto consultado, principalmente en materia de medio
ambiente. Estas consideraciones en materia medioambiental, son objeto del trámite de
cve: BOE-A-2023-25273
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25273
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164855
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Osa Mayor,
SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Osa Mayor, de 49
MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en
Alcubierre y Lanaja (Huesca).
Energía Inagotable de Osa Mayor, SL (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 6
de julio de 2021, autorización administrativa previa del parque eólico Osa Mayor
de 49,5 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una comunidad autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 24 de julio de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de
autorización administrativa previa de los parques eólicos Norma y Osa Mayor,
de 49,5 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca
y Barcelona, con número de expediente asociado PEol-627-AC.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente fue incoado y tramitado en las áreas de Industria y Energía de las
subdelegaciones del Gobierno en Huesca y Barcelona, y se tramitó de conformidad con
lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas Administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 24 de noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca» y el 10 de diciembre de 2021 en el «Diari Oficial de la Generalitat
de Catalunya». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de España,
del Consejo Provincial de Urbanismo de Huesca, del Ayuntamiento de Alcubierre, de
Serveis Territorials Territori i Sostenibilitat Barcelona y de la Gerència de Serveis
d'Infrastructures Viàries i Mobilitat de la Diputació de Barcelona. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, que responde a las mismas trasladando su
conformidad.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, pero donde se ponen en manifiesto una serie de
condicionantes en relación al proyecto consultado, principalmente en materia de medio
ambiente. Estas consideraciones en materia medioambiental, son objeto del trámite de
cve: BOE-A-2023-25273
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