III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25271)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Norma, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Norma, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Alcubierre y Lanaja (Huesca) y Rubí (Barcelona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164841
ni el Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación de Rubí 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
eólico con la red de transporte, en la subestación de Rubí 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte en
dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 30 de junio de 2021, Energía Inagotable de Norma SL firmó un acuerdo para la
evacuación conjunta y coordinada de los parques eólicos Norma (dentro de la presente
resolución), Osa Mayor, Lacerta, Marfik, Pla del Cirerer, y Mangraners, y las plantas
solares fotovoltaicas Pla dels Caçadors, Els Emprius, Planes de l’Ovella, Aubagues, Els
Mallols 1, Els Mallols 2, Els Rasos y Els Vedats (que quedan fuera del alcance del
presente expediente) en la citada subestación Rubí 220 kV. Asimismo, con fechas 18 de
junio de 2021 y 18 de mayo de 2021, Energía Inagotable de Norma SL firmó un acuerdo
con diferentes sociedades mercantiles promotoras, para el desarrollo, construcción, uso
compartido y posterior explotación y mantenimiento de instalaciones de evacuación
compartidas, con vertido de la energía de diferentes proyectos en los nudos de Red
Eléctrica Rubí 400 kV, Pierola 400 kV y Pierola 220 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Líneas de interconexión subterráneas a 30 kV que unen los aerogeneradores con
la subestación transformadora SET Lanaja R2 30/400 kV.
– Subestación eléctrica «SET Lanaja R2 30/400 kV».
– Línea de alta tensión a 220 kV «Apoyo 47 de la LAAT SET Promotores Rubí R4
400kV-SET Rubi 400 kV (REE) - SET Rubí 220 kV (REE)».
El resto de la infraestructura de evacuación está fuera del alcance de esta resolución,
y está compuesta por:
– Línea eléctrica aérea a 400 kV entre SET Lanaja R2 30/400 kV y apoyo 1LAN de
la LAAT SET Lanaja-SET L’Albi.
– Línea eléctrica aérea a 400 kV entre el apoyo 1LAN de la línea LAAT SET
Lanaja-SET L’Albi y el apoyo 43 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca P4.
– Línea de alta tensión «Apoyo 43 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca
P4 - apoyo 116 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca P4».
– Línea eléctrica aérea a 400 kV desde el apoyo 116 L2 de la LAAT SET
Robres-SET Bajo Cinca P4 hasta entronque en el apoyo 2ONT de la LAAT SET
Robres-SET Bajo Cinca P4.
– Línea de alta tensión «Apoyo 2ONT de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca
P4 - Apoyo 349-1 de la LAAT SET Bajo Cinca P4-SET Pierola 400 kV (REE)».
– Línea eléctrica aérea a 220 kV y 400 kV desde el Apoyo 349-1 de la «LAAT SET
Bajo Cinca P4-SET Pierola 400 kV (REE)» hasta «Apoyo 47 de la LAAT SET Promotores
Rubí R4 400kV-SET Rubi 400 kV (REE)».
Las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance de la
presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de la Resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 21 de noviembre de 2023, por
la que se otorga a Energía Inagotable de Lupus, SL autorización administrativa previa
para el parque eólico Lupus de 49,5 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de
evacuación, en las provincias de Huesca, Zaragoza, Lleida, Tarragona y Barcelona, de la
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 24 de
noviembre de 2023, por la que se otorga a Energía Inagotable de Segin SL, autorización
administrativa previa para el parque eólico Segin, de 35 MW de potencia instalada, y sus
cve: BOE-A-2023-25271
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164841
ni el Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la
subestación de Rubí 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
eólico con la red de transporte, en la subestación de Rubí 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte en
dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 30 de junio de 2021, Energía Inagotable de Norma SL firmó un acuerdo para la
evacuación conjunta y coordinada de los parques eólicos Norma (dentro de la presente
resolución), Osa Mayor, Lacerta, Marfik, Pla del Cirerer, y Mangraners, y las plantas
solares fotovoltaicas Pla dels Caçadors, Els Emprius, Planes de l’Ovella, Aubagues, Els
Mallols 1, Els Mallols 2, Els Rasos y Els Vedats (que quedan fuera del alcance del
presente expediente) en la citada subestación Rubí 220 kV. Asimismo, con fechas 18 de
junio de 2021 y 18 de mayo de 2021, Energía Inagotable de Norma SL firmó un acuerdo
con diferentes sociedades mercantiles promotoras, para el desarrollo, construcción, uso
compartido y posterior explotación y mantenimiento de instalaciones de evacuación
compartidas, con vertido de la energía de diferentes proyectos en los nudos de Red
Eléctrica Rubí 400 kV, Pierola 400 kV y Pierola 220 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Líneas de interconexión subterráneas a 30 kV que unen los aerogeneradores con
la subestación transformadora SET Lanaja R2 30/400 kV.
– Subestación eléctrica «SET Lanaja R2 30/400 kV».
– Línea de alta tensión a 220 kV «Apoyo 47 de la LAAT SET Promotores Rubí R4
400kV-SET Rubi 400 kV (REE) - SET Rubí 220 kV (REE)».
El resto de la infraestructura de evacuación está fuera del alcance de esta resolución,
y está compuesta por:
– Línea eléctrica aérea a 400 kV entre SET Lanaja R2 30/400 kV y apoyo 1LAN de
la LAAT SET Lanaja-SET L’Albi.
– Línea eléctrica aérea a 400 kV entre el apoyo 1LAN de la línea LAAT SET
Lanaja-SET L’Albi y el apoyo 43 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca P4.
– Línea de alta tensión «Apoyo 43 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca
P4 - apoyo 116 L2 de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca P4».
– Línea eléctrica aérea a 400 kV desde el apoyo 116 L2 de la LAAT SET
Robres-SET Bajo Cinca P4 hasta entronque en el apoyo 2ONT de la LAAT SET
Robres-SET Bajo Cinca P4.
– Línea de alta tensión «Apoyo 2ONT de la LAAT SET Robres-SET Bajo Cinca
P4 - Apoyo 349-1 de la LAAT SET Bajo Cinca P4-SET Pierola 400 kV (REE)».
– Línea eléctrica aérea a 220 kV y 400 kV desde el Apoyo 349-1 de la «LAAT SET
Bajo Cinca P4-SET Pierola 400 kV (REE)» hasta «Apoyo 47 de la LAAT SET Promotores
Rubí R4 400kV-SET Rubi 400 kV (REE)».
Las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance de la
presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de la Resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 21 de noviembre de 2023, por
la que se otorga a Energía Inagotable de Lupus, SL autorización administrativa previa
para el parque eólico Lupus de 49,5 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de
evacuación, en las provincias de Huesca, Zaragoza, Lleida, Tarragona y Barcelona, de la
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 24 de
noviembre de 2023, por la que se otorga a Energía Inagotable de Segin SL, autorización
administrativa previa para el parque eólico Segin, de 35 MW de potencia instalada, y sus
cve: BOE-A-2023-25271
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Núm. 296