II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-25135)
Resolución 400/38469/2023, de 30 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa, convocado por Resolución 400/38489/2022, de 19 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 163954

e) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código
Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán presentar Certificación negativa del
Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenadas
mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se
refiere el precepto legal.
f) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría y especialidad a la
que se accede.
Tercero.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, la documentación requerida deberá presentarse en cualquier registro oficial
dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta documentación será registrada con tramitación electrónica, de conformidad con
la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, dirigida al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa (Subdirección
General de Personal Civil) calle Princesa, 32-36, 28071 Madrid.
Cuarto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación ante esta Subsecretaría o bien recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad
Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. En caso de interponerse
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del mismo.
Madrid, 30 de noviembre de 2023.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos
Tejada.

cve: BOE-A-2023-25135
Verificable en https://www.boe.es

Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas
o de los Servicios de Salud estarán exentas de acreditar las condiciones o requisitos
ya justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
del organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados,
alguna persona aspirante no presentase la documentación, o del examen de la misma
se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de
la convocatoria, se declarará la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su
participación en el proceso selectivo.
De conformidad con el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del tribunal
calificador relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas,
para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.