III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2023-25216)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023

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En el acuerdo por el que se apruebe la lista de personas participantes convocadas a
pruebas en cada una de las convocatorias, se indicará el lugar y la fecha de realización
de las mismas.
No obstante, el Tribunal, para favorecer el desarrollo de las pruebas, podrá disponer
que todas ellas se realicen en la misma fecha, y excepcionalmente, por causas
justificadas, alterar el orden de determinados ejercicios. Sin embargo, solo se entrará a
evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.
4.2

Llamamiento.

Las personas participantes serán convocadas a cada prueba en un único
llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea
cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
Conforme a su petición de inscripción, publicada la lista de admitidos/as, no se
permitirá, en ningún caso, cambios de sede de examen ni de fecha de realización de las
pruebas.
4.3

Identificación de las personas participantes.

Las personas participantes deberán comparecer a las diferentes pruebas provistos
del documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducción, los/as
ciudadanos/as españoles/as; y de la tarjeta o autorización de residencia o de identidad
en vigor, o en su defecto, del pasaporte, que cumplan con los requisitos generales
exigidos en el punto 1.2.b) de las bases de esta convocatoria, y en cualquier caso
deberán estar en posesión del Número de Identidad de Extranjero (NIE), los
ciudadanos/as extranjeros/as. La presentación de estos documentos podrá ser exigida
por el Tribunal durante el desarrollo de las pruebas y la no presentación de los mismos
llevará aparejada la no admisión a su realización y la exclusión del proceso. El
documento que acredite la identidad deberá presentarse en soporte físico original, no
estando permitida su presentación o exhibición mediante dispositivos electrónicos.
4.4

Orden de actuación.

El orden de actuación ante el Tribunal, cuando a ello haya lugar, será alfabético,
comenzando por la letra «W», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública, de 27 de julio de 2023 (BOE núm. 180, de 29
de julio de 2023), por la que se aprueba el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado.
5.
5.1

Pruebas de aptitud

Descripción de las pruebas:

5.1.1

Vigilante de seguridad.

a)

Primera prueba (de aptitud física).

Consistirá en la realización de todos los ejercicios que se describen en el anexo II,
debiendo igualar o superar las marcas e igualar o reducir los tiempos establecidos en el
mismo, teniendo en cuenta que la no superación de algún ejercicio supondrá su
eliminación. La calificación de esta prueba será de «Apto/a» o «No apto/a».
Para la realización de la prueba, las personas aspirantes deberán presentarse
provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico en soporte
físico original, que cumpla con los requisitos que establecen los Colegios Oficiales de

cve: BOE-A-2023-25216
Verificable en https://www.boe.es

Las personas convocadas a examen para vigilante de seguridad realizarán las
siguientes pruebas de carácter eliminatorio: