II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25202)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de diciembre de 2023

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c) Exposición oral, con una duración comprendida entre treinta y cuarenta y cinco
minutos, de un tema elegido por la persona concursante perteneciente al proyecto
docente que somete a defensa.
La duración máxima de la intervención de la persona concursante será de dos horas.
Una vez terminada la exposición y defensa, la Comisión debatirá con la persona
concursante durante un plazo máximo de una hora y treinta minutos.
Una vez celebradas, las pruebas, la Comisión hará públicos los resultados de la
evaluación de cada persona concursante, desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados.
8.

Resolución del concurso

Las Comisiones juzgadoras propondrán al Rector, motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de por orden de preferencia, para su nombramiento. La
propuesta de provisión de plaza o plazas, se realizará por el sistema de votación, en el
plazo máximo de treinta días hábiles a partir de la fecha del comienzo de las pruebas.
Se procederá a la provisión de las plazas convocadas cuando haya concursantes
valorados/as favorablemente por dos de sus miembros. No podrá proponerse mayor
número de nombramientos que el de plazas convocadas. Todos los concursos podrán
resolverse con la no provisión de la plaza o plazas convocadas.
Junto con la propuesta, el/la Secretario/a de la Comisión en los siete días hábiles
siguientes a la finalización de la actuación de la misma, deberá entregar en la Secretaría
General de la Universidad, el expediente administrativo del concurso, que incorporará los
siguientes documentos:
a) Acta de constitución de la Comisión y de cada una de las sesiones realizadas, en
las que deberán constar las actuaciones fundamentales habidas.
b) Informes externos recabados por la Comisión de cada uno de los/las
candidatos/as.
c) Documento en el que consten los criterios utilizados para la valoración de la
prueba eliminatoria.
d) Documento en el que consten los informes de los/las miembros de la Comisión
sobre cada candidato/a según lo dispuesto en el artículo 16.3 del Procedimiento para la
provisión de plazas de Profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios.
e) Documento en el que conste la valoración razonada de la Comisión o de cada
uno/a de sus miembros, sobre la prueba de cada uno/a de los concursantes.
f) Acta de propuesta de provisión de plazas de los/las concursantes que proceda,
ordenados según sus méritos.
g) Curriculum vitae, proyecto docente e investigador presentados por los/las
candidatos/as.
Las personas concursantes podrán solicitar en la Secretaría General de la
Universidad copia de la valoración razonada que la Comisión o cada uno/a de sus
miembros, emitió sobre sus méritos.
9.

Reclamaciones y recursos

Contra la propuesta de la Comisión de Selección, los/las candidatos/as podrán
presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución definitiva.
Las reclamaciones serán valoradas por una Comisión formada por siete
Catedráticos/as de Universidad, pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento con
amplia experiencia docente e investigadora, designados por el Consejo de Gobierno.

cve: BOE-A-2023-25202
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 295