II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-25136)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que, en ejecución de sentencia, se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023
3.

Sec. II.B. Pág. 163959

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.

Requisitos de las personas aspirantes

Para la admisión a la realización del presente proceso selectivo, es necesario que las
personas solicitantes hubieran sido admitidas para participar en el proceso selectivo
convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2016 (BOE número 13, de 16 de
enero de 2017), para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la escala de
Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación en el programa
«Laboratorio y técnicas de experimentación en oceanografía, ecología marina y recursos
vivos marinos» de aquella convocatoria.
Además, para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los
siguientes requisitos:
4.1

Nacionalidad:

4.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener Título de Bachiller o
Técnico. Así mismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de
junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite,
en su caso, su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
4.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
4.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas y de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las desempañadas en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5.

Solicitudes

5.1 Las instancias de participación deberán cumplimentarse electrónicamente en el
modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso

cve: BOE-A-2023-25136
Verificable en https://www.boe.es

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estado miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separado de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones
celebrados por la Unión Europea ratificados por España en los que se dé aplicación la
libre circulación de trabajadores.