III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-25228)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, por la que se publica el Convenio con el Institut Universitari d'Investigació en Atenció Primària Jordi Gol, para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, "Programa EU4Health".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Lunes 11 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 164464

EXPONEN
Primero.
El Ministerio de Sanidad, en virtud del artículo 149.1. 16.ª de la Constitución
española tiene competencia exclusiva en las materias de sanidad exterior, bases y
coordinación general de la sanidad y legislación sobre productos farmacéuticos.
De acuerdo al artículo 17.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, le corresponde al Ministerio de Sanidad la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y
asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la Administración
General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la
salud.
Asimismo, en virtud del artículo 8 del Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica
el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, la Dirección General de Salud Digital y
Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud es el órgano encargado del
desarrollo de servicios públicos digitales, del impulso a la salud digital y a la
interoperabilidad electrónica de la información clínica y sanitaria, tanto en el ámbito
nacional, como internacional, así como de la innovación en la analítica de datos y la
explotación de la información relativa a la salud.
En este sentido le corresponde, entre otras funciones, la representación de la
Administración General del Estado en los proyectos e iniciativas en el ámbito de las
tecnologías de la información y las comunicaciones en el sector salud, tanto en la esfera
nacional, internacional como supranacional [artículo 8.2.e) del RD 735/2020] así como el
ejercicio por parte de la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información
para el Sistema Nacional de Salud de la tramitación de los acuerdos y convenios
suscritos en el ámbito competencial de la Secretaria General de Salud Digital,
Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud con otras administraciones y
entidades públicas o privadas, realizando el seguimiento de los mismos [artículo 8.2.k)
del RD 735/2020].

En virtud del artículo 3, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE), uno de
los objetivos de la Unión es promover el bienestar de sus pueblos. En este sentido la
Unión debe garantizar un nivel elevado de protección de la salud humana en la definición
y ejecución de sus políticas y acciones, de conformidad con los artículos 9 y 168 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y con el artículo 35 de la Carta
de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Asimismo, el artículo 168 del TFUE dispone que la Unión debe complementar y
apoyar las políticas nacionales en materia de salud, fomentar la cooperación entre los
Estados miembros y facilitar la coordinación entre sus programas, respetando
plenamente las responsabilidades de los Estados miembros por lo que respecta a la
definición de sus políticas de salud, así como a la organización, gestión y prestación de
servicios sanitarios y atención médica.
En este sentido, se han realizado acciones de cooperación en distintos ámbitos para
el desarrollo de un Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EHDS). Considerando el
avanzado estado de tramitación de la propuesta de la Comisión Europea de legislación
de la Unión sobre EHDS, que abarca el uso de datos primarios para la asistencia
sanitaria y la reutilización de datos para la formulación de políticas, la regulación y la
investigación, el actual programa incide especialmente en este ámbito.
La Unión Europea ha programado una serie de subvenciones directas a las
autoridades de los Estados miembros en base al programa EU4Health (EU4H). La
acción conjunta objeto del presente convenio se enmarca dentro de la subvención

cve: BOE-A-2023-25228
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.