III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25102)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico "Tages" de 42 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de diciembre de 2023

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Vegetación, Flora y Hábitats de Interés Comunitario (HIC).
El ámbito de estudio se encuentra dentro de la unidad de vegetación potencial
denominada Serie 22b: serie mesomediterránea manchega y aragonesa basófila de la
encina Quercus rotundifolia o encina (Bupleuro rigidi-Querceto rotundifoliae sigmetum).
VP, encinares.
El emplazamiento previsto para el parque eólico ocupa tierras de cereal de secano,
al igual que parte de la línea, si bien esta discurre también por zonas de cultivos de
regadío. No obstante, cabe señalar que, el trazado de la línea discurre, preferentemente,
por caminos existentes. Junto a las tierras de usos agrícolas, los principales usos del
suelo corresponden al pastoreo y a la caza.
Con respecto a las zonas de vegetación natural, existen comunidades de vegetales
ruderales, desarrolladas entre los campos de cultivo; además, hay comunidades de
herbazales o matorral ralo propias de la zona. No obstante, según el EsIA, la superficie
ocupada de áreas con vegetación natural es poco significativa, en comparación al
conjunto de la superficie ocupada en total.
En cuanto a la flora catalogada, conforme al EsIA, no hay presencia de ninguna
especie de flora catalogada que pueda verse afectada por alguna de las infraestructuras
proyectadas.
Respecto a los Hábitats de Interés Comunitario (HIC), en la zona se desarrollan los
siguientes:
– 1430: Matorrales halonitrófilos (Pegano salsoletea). Es el más representado en el
ámbito de estudio.
– 6220*: Pastizales xerófitos mediterráneos de vivaces y anuales. Este se encuentra
en las inmediaciones del aerogenerador TGS_06, aunque, según el promotor, no se
vería afectado.
Según el EsIA, los impactos sobre la vegetación durante la construcción se deben al
desbroce y a la ocupación de las infraestructuras en aquellas zonas donde se desarrolla
la vegetación natural. Así, el promotor considera el impacto sobre la vegetación como
compatible, ya que la mayor parte de las actuaciones se llevan a cabo sobre áreas de
uso agrícolas.
La construcción del PE afectará a un total de 0,404 ha de Hábitat de Interés
Comunitario, siendo el 76 % sobre el HIC 1430 y un 24 % sobre el HIC 6220*. Por ello, el
promotor considera el impacto sobre los HIC como compatible. Con respecto a la línea
de evacuación, no se vería afectado ningún HIC de manera directa, debido a que la
construcción de la línea se realiza, principalmente, aprovechando caminos existentes y,
de forma puntual, por terrenos de cultivo.
Por otro lado, se prevén efectos sobre la vegetación que se encuentre próxima a las
infraestructuras proyectadas, como consecuencia de la acumulación de polvo en sus
estructuras foliares, lo que puede provocar dificultades en su desarrollo. No obstante, el
promotor considera que se trata de una afección localizada y reversible, de tal forma
que, cumplimiento del Plan de Vigilancia Ambiental, se minimizan dichos efectos.
Durante la explotación, según el EsIA, no se contemplan afecciones a la vegetación.
El INAGA, en su primer informe, indica que se deberá evitar cualquier afección a la
vegetación natural de la zona, prestando especial atención al área en la que se ubicaría
el aerogenerador TGS_06. Además, considera que, al aplicar el Plan de Restauración
Ambiental propuesto, se deberá tener en cuenta la afección a los HIC 1430 y 6220*, con
el fin de respetar la composición específica previa a las obras.
El promotor, como respuesta a dicho informe, señala que, como medida preventiva,
se ha procurado situar las infraestructuras en campos de cultivo, y que se ha procurado
el aprovechamiento de caminos ya existentes, para evitar la creación de nuevos accesos
y reducir la afección a la vegetación.

cve: BOE-A-2023-25102
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Núm. 294