III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25102)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico "Tages" de 42 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

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correctoras. El 28 de agosto de 2023 tiene entrada el informe del INAGA, solicitado a
dicho organismo por el propio promotor, en el que informa sobre la información adicional
presentada.
El anexo I de esta resolución recoge los organismos y organizaciones consultadas, y
si han emitido o no contestación.
Los principales contenidos ambientales de las alegaciones y contestaciones a
consultas recibidas se reflejan en el apartado siguiente.
3.
a.

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

El estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA) recoge una descripción del
diseño del proyecto, incluyendo la comparativa justificativa entre las alternativas
consideradas por el promotor para la ubicación del parque eólico y para el trazado de la
línea de media tensión asociada al proyecto.
Además, se plantea la alternativa 0, de no ejecución del proyecto, la cual se
descarta, pues no favorece el desarrollo del medio socioeconómico y refuerza el grado
de dependencia de las fuentes energéticas de abastecimiento tradicionales.
Respecto a la configuración de la poligonal del parque eólico, se presentan tres
alternativas viables. Del mismo modo, se consideran dos alternativas para la línea de
evacuación, todas ellas en aéreo. No obstante, el promotor aporta información adicional
en la que el trazado de la línea es modificado y la línea pasaría a ser soterrada, tal y
como se ha mencionado en el apartado 1. Descripción y localización del proyecto de la
presente resolución, siendo esta la alternativa de la línea que se evalúa. Según el
promotor, la alternativa soterrada planteada es de menor longitud, tiene menores
perdidas en el transporte de energía, es la que tiene un menor impacto temporal por
ocupación del territorio y por intrusión visual, y la que no tiene riesgo de mortalidad para
la avifauna.
Por lo tanto, las alternativas elegidas por el promotor son la alternativa 3 para el
parque eólico y la alternativa soterrada para la línea de evacuación, debido a que son las
que menor afección al medio ambiente generan.
b.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Durante la construcción, se altera la calidad del aire por la emisión de partículas de
polvo y de gases, debido al movimiento de la maquinaria, el transporte de materiales y
equipos y el movimiento de tierras. Según el EsIA, no se van a producir impactos sobre
la calidad del aire durante la explotación, salvo las emisiones sonoras, con lo que, de
manera general, con la aplicación de las medidas preventivas y compensatorias
contempladas por el promotor, los impactos sobre la atmósfera son compatibles, una vez
aplicadas estas.
Por otro lado, durante la explotación se produce contaminación lumínica como
consecuencia de las balizas de señalización aérea de los aerogeneradores. No obstante,
según el EsIA, el efecto es compatible debido a la lejanía del proyecto al municipio más
cercano.
En relación con el cambio climático, según el EsIA la generación de energía con
fuentes renovables contribuye a la disminución de gases de efecto invernadero, en
comparación al uso de otras instalaciones de energía no renovables. Es por ello que, el
impacto sobre el cambio climático es positivo.
Geología y suelo.
La zona de estudio se emplaza en las estribaciones de la Cordillera Ibérica Oriental,
justo a la altura de la parte central de la Depresión del Ebro. Es una zona ubicada en el

cve: BOE-A-2023-25102
Verificable en https://www.boe.es

Atmósfera y clima.