III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2023-25104)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el desarrollo del Marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de diciembre de 2023

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julio, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se nombra a los miembros del
Consejo de Gobierno.
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y
al efecto,
EXPONEN
I
Que el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, adscribe a dicho Ministerio, a través de la
Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad gestora de la Seguridad Social
Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales atribuye a
este la gestión de los servicios sociales complementarios del Sistema de la Seguridad
Social, así como la gestión de los planes, programas y servicios de ámbito estatal para
personas mayores y personas en situación de dependencia.
II
Que el Principado de Asturias, de conformidad con su Estatuto de Autonomía, es
competente en materia de servicios sociales y, en virtud de ello, ha desarrollado
proyectos de atención y cuidado de las personas mayores y personas con discapacidad
en situación de dependencia y ha creado recursos e infraestructuras para ello en
colaboración con la Administración General del Estado, con el fin de mejorar la atención
de las personas que precisan del apoyo de otra u otras personas o ayudas importantes
para realizar actividades básicas de la vida diaria y mantener un determinado nivel de
calidad de vida.
III
Que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las personas en situación de dependencia, al configurar el Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) establece tres niveles de protección,
correspondiendo la financiación del nivel mínimo a la Administración General del Estado,
y la financiación del nivel acordado a la Administración General del Estado y a la
Administración de cada una de las comunidades autónomas, a través de los convenios a
que se refiere el artículo 10 de dicha ley.
De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del
cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los objetivos, medios y
recursos en desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa acordado en el
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia.
IV
Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia aprobó en fecha de 15 de enero de 2021 el «Acuerdo para la

cve: BOE-A-2023-25104
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 294