III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-25094)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Fundación Alfonso Martín Escudero, para la realización del encuentro «Finanzas sostenibles y su importancia en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible: retos y oportunidades».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Sábado 9 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163645

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

I. El objeto de este convenio es, por un lado, establecer la colaboración entre la
UIMP y la CNMV para la organización conjunta del encuentro «Finanzas sostenibles y su
importancia en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible: retos y oportunidades»,
que se celebrará en 2023 en el marco de la programación académica de la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, económico y logístico según
las especificaciones de este convenio para llevar a cabo el diseño, organización,
divulgación y desarrollo del encuentro y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.
II. Por otro lado, el objeto de este convenio es también establecer la colaboración
de FAME para la realización del encuentro citado mediante una aportación económica.
La cuantía y condiciones de la financiación de FAME son las que se indican en las
cláusulas del convenio.
Segunda.

Actuaciones de cada una de las partes. Aspectos académicos.

I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de encuentros
vigentes en la UIMP y de las pautas sobre contenidos presentadas por la CNMV en su
propuesta, y según se recoge en la descripción y objetivos del encuentro que se adjunta
como anexo a este convenio, la CNMV se encargará de la dirección académica del
encuentro, de elaborar el programa del encuentro y de proponer y contactar con los
profesores participantes.
El programa definitivo, no obstante, deberá ser aprobado por el órgano competente
de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a
ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán
ser aprobadas por la comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este encuentro emitiendo los
correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.

a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
En relación con las personas que se hagan cargo de la dirección y secretaría
académica y con los conferenciantes:
– Honorarios.
– Alojamientos y manutención.
– Viajes y transfers.

cve: BOE-A-2023-25094
Verificable en https://www.boe.es

I. Para la organización y celebración del encuentro objeto de este convenio las
partes firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión: