III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-25061)
Orden APA/1320/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 163328

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
25061

Orden APA/1320/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden
APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos
gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación.

La Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos
gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, recoge las delegaciones de competencias efectuadas por los titulares de
los órganos superiores y directivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El Real Decreto 1520/1991, de 25 de octubre, extingue la Confederación Nacional de
Cámaras Agrarias (heredera del entonces patrimonio sindical agrario de la Hermandad
Nacional de Labradores y Ganadores), creando una Comisión Nacional Gestora
Liquidadora de dicho patrimonio agrario, adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, a los solos efectos de realizar las operaciones necesarias para la
liquidación de los derechos y obligaciones patrimoniales de la Confederación.
Dicha comisión tiene encomendados, entre otros, los actos de administración
ordinaria necesarios hasta la completa liquidación de la Confederación, entre los que
cabe destacar la contratación de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de
dicho órgano. Con el fin de incrementar la eficiencia en la gestión de estas materias, se
acuerda ahora delegar, y aprobar la delegación, de algunas de estas funciones.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 20 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:
Primero. Modificación de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites
para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
Se incorpora un nuevo capítulo IV quater, con la siguiente redacción:
«CAPÍTULO IV quater

Se aprueba la delegación de la Comisión Gestora de la extinta Confederación
Nacional de Cámaras Agrarias en la Oficial Mayor, para realizar las actuaciones de
preparación y adjudicación de contratos menores y de los contratos tramitados por
el procedimiento abierto simplificado abreviado previsto en el artículo 159.6 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que necesite
llevar a cabo como actos de administración ordinaria del patrimonio hasta su total
liquidación.»
Segundo. Eficacia.
Esta orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 28 de noviembre de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Luis Planas Puchades.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-25061
Verificable en https://www.boe.es

Delegación de la Comisión Gestora de la extinta Confederación Nacional
de Cámaras Agrarias