III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-24960)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y el Ministerio del Interior, relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D para el traslado de detenidos, presos y penados, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 7 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 162635
Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía
Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO
C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las acciones de I + D + i que den lugar a resultados
tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el
marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre
que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta
inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor
impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista
ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.
− Obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad contempladas
en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, sobre la financiación de la Unión Europea de las medidas incluidas en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el artículo 9 de la Orden
HFP 1030/2021.
Las actuaciones objeto de la licitación desarrolladas al amparo de este Convenio
estarán cofinanciadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En la documentación administrativa para la gestión de expedientes correspondientes
a las actuaciones recogidas en este Convenio se deberá incluir una mención a que el
expediente está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las partes deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que las
autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En las medidas de información y comunicación del convenio,
se deberán incluir los siguientes logos:
● El emblema de la Unión;
●Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU»;
● Se usará también el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
● Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los
colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de
Ejecución 821/2014. También se puede consultar la siguiente página web: http://
publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del
emblema en: https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
cve: BOE-A-2023-24960
Verificable en https://www.boe.es
Los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 292
Jueves 7 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 162635
Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía
Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO
C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las acciones de I + D + i que den lugar a resultados
tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el
marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre
que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta
inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor
impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista
ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.
− Obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad contempladas
en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, sobre la financiación de la Unión Europea de las medidas incluidas en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el artículo 9 de la Orden
HFP 1030/2021.
Las actuaciones objeto de la licitación desarrolladas al amparo de este Convenio
estarán cofinanciadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En la documentación administrativa para la gestión de expedientes correspondientes
a las actuaciones recogidas en este Convenio se deberá incluir una mención a que el
expediente está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las partes deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que las
autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En las medidas de información y comunicación del convenio,
se deberán incluir los siguientes logos:
● El emblema de la Unión;
●Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU»;
● Se usará también el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
● Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los
colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de
Ejecución 821/2014. También se puede consultar la siguiente página web: http://
publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del
emblema en: https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
cve: BOE-A-2023-24960
Verificable en https://www.boe.es
Los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X