II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-24947)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 162510

Cuando se utilice la opción «Registrar cuenta con nombre de usuario» se adjuntará
una copia del DNI. La solicitud se formalizará en línea a través del Registro Electrónico
de la Universitat Jaume I, mediante el enlace correspondiente del Tablón de Anuncios
Oficial (TAO-UJI):
https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/
Se utilizará obligatoriamente el modelo de solicitud que aparece en el anexo II de la
convocatoria y junto con esta, se entregará la siguiente documentación en formato PDF:
a) Documento nacional de identidad vigente. Las personas que no tengan la
nacionalidad española deberán presentar un documento acreditativo de la nacionalidad,
tarjeta de identidad o pasaporte.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso.
c) Justificación del pago de las tasas o certificado acreditativo de su bonificación o
exención.
Las personas que optan a más de una plaza deberán presentar una solicitud
independiente para cada una de estas, acompañada de la documentación
complementaria.
3.2 Derechos de examen y forma de pago. El importe de la tasa por derechos de
examen será de 30 euros.
3.2.1 Bonificaciones. Los miembros de familia numerosa de categoría general o de
familia monoparental de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50% de la
cuota íntegra, es decir, el importe será de 15 euros.
3.2.2 Exenciones. Disfrutan de exención del pago de la tasa:
a) Las personas que forman parte de una familia numerosa de categoría especial o
de una familia monoparental de categoría especial.
b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la
Mujer en el Ámbito de la Comunidad Valenciana.
c) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
d) Las personas que se encuentren en situación de exclusión social y esta sea
acreditada por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de
residencia.
3.2.3 Forma de pago. El pago de la tasa se realizará mediante tarjeta de crédito o
débito, a través del enlace previsto en la correspondiente convocatoria publicada en el
TAO-UJI. Si se tiene derecho a la bonificación se elegirá la opción correspondiente.
3.2.4 La solicitud se adjuntará el certificado acreditativo de la bonificación o
exención del pago de la tasa.
El abono de los derechos de examen o, si procede, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial de este deberá realizarse dentro del
plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso el pago de la tasa de los derechos
de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total
o parcial de este supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
3.3 Procederá la devolución de las tasas por derechos de examen únicamente en
los supuestos y a través de los procedimientos contemplados en el artículo 1.2-6 de la
Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas.

cve: BOE-A-2023-24947
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Núm. 292