III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-24986)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Orión, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Orión, de 42 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Sangarrén, Barbués, y Tardienta (Huesca).
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162948

– Señalamiento del tendido eléctrico, incluyendo la instalación de balizas
salvapájaros con catadióptricos, según condición ii).4. Fauna.
– Elaboración de plan de medidas compensatorias del impacto residual sobre las
especies de avifauna más sensibles identificadas, según condición ii).7. Fauna.
– Elaboración de protocolo de vigilancia directa y parada de aerogeneradores según
condición ii).9. Fauna.
– Elaboración de plan de restauración paisajística para la zona del entorno afectada
durante la fase de obra según condición ii).4. Paisaje.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado iii.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
La citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones del proyecto que se
han producido atendiendo a los requerimientos expuestos en informes y alegaciones
recibidos durante la tramitación del proyecto e incluidas en la documentación adicional
aportada a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en fecha 21 de julio
de 2023.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de
las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, podría resultar necesaria la tramitación de las mismas en
función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado
artículo.
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de
Isona 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
eólico con la red de transporte, en la subestación de Isona 400 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte en
dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 23 de noviembre de 2023, varios promotores, entre ellos Energía Inagotable de
Orión, SL, firmaron un acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varios
parques eólicos, entre las que se encuentra el parque eólico Orión, en la subestación
Isona 400 kV.
Asimismo, con fecha 23 de noviembre de 2023, Energía Inagotable de Orión, SL,
firmó un acuerdo con diferentes sociedades mercantiles promotoras, para el desarrollo,
construcción, uso compartido y posterior explotación y mantenimiento de instalaciones

cve: BOE-A-2023-24986
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 292