III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24984)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Ventisca" de 89,6 MW, "Boura" de 72,8 MW y "Monzón" de 50,4 MW, y de sus infraestructuras de evacuación. Provincia de Lugo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

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Según indica el promotor, los trabajos que se llevarán a cabo bajo el vuelo de los
aerogeneradores sobre las formaciones vegetales, contribuirán a la recuperación y
conservación de los brezales que actualmente se encuentren degradados o alterados
bajo las plantaciones forestales y a mejorar el desarrollo de los hábitats y formaciones de
brezal, compensando en gran manera la afección sobre estas formaciones.
El EsIA propone medidas preventivas y correctoras atendiendo a las consideraciones
emitidas por los diferentes informes sectoriales, como la verificación previa de especies
protegidas, la restauración de las áreas afectadas una vez finalizadas las obras, la
señalización y preservación de flora, el uso de motosierras en lugar de maquinaria
pesada, la colocación de apoyos sobreelevados en zonas de vegetación autóctona.
Además, se llevarán a cabo desbroces periódicos y el mantenimiento en épocas de baja
incidencia vegetal junto con el control de especies invasoras a lo largo del trazado de la
línea, entre otras medidas.
La Dirección de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia confirma, respecto al
Parque Monzón, que en la zona de actuación se localizan teselas de los HIC 4020*
Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix. En
relación al Parque eólico Boura, indica que cerca del aerogenerador AE-02 y la zanja de
cableado que parte del aerogenerador AE-01 hacia el sur, se ha localizado una pequeña
mancha del HIC 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris
y Erica tetralix. La zanja, de aproximadamente 1 metro de ancho, se trazaría en paralelo
a este vial existente, por lo que la afección esperada sería mínima.
En relación a la catenaria de la línea de evacuación, la Dirección de Patrimonio
Natural de la Xunta de Galicia resalta que no el promotor no ha identificado la vegetación
arbórea presente bajo la línea, especialmente la correspondiente a masas frondosas,
siendo flagrante esta ausencia en lugares destacados como ríos y especialmente los
cauces de espacios protegidos y bien conservados. Por otro lado, señala que el EsIA,
debería concretar aspectos en relación a la intervención de la masa arbórea de
frondosas. Dicho organismo requiere cartografía y caracterización de la extensión real de
los HICs, con especial atención a los prioritarios. Finalmente, en línea con lo indicado por
la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, se deben detallar las medidas correctoras a
tomar para disminuir los efectos de fragmentación y reducción de la conectividad de
hábitats fluviales en el trazado de la línea de evacuación para parecerse a corredores
ecológicos.
El promotor, en la Adenda de mejora del EsIA, adjunta los perfiles del trazado de la
línea donde puede apreciarse la altura que existe entre la línea de evacuación y los
cauces en aquellas zonas donde se producen los cruzamientos. También adjunta la
cartografía de HICs reales detectados en campo y además incluye un estudio de
sinergias y efectos acumulativos para conocer en qué medida el proyecto afectará a la
conectividad ecológica en la zona de estudio. Además, el promotor indica las superficies
afectadas de las diferentes masas de interés, tipo y porcentaje de afección de cada
infraestructura proyectada, actuaciones y medidas a llevar a cabo. Del mismo modo, el
promotor propone un Plan de Restauración de las superficies afectadas. Finalmente, el
promotor asume y se compromete a cumplir las medidas impuestas por la Dirección de
Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia.
La Dirección de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia en su informe registrado
con fecha 13 de noviembre de 2023 considera que la documentación aportada por el
promotor subsana las deficiencias de contenidos observados en el primer informe
emitido. No obstante, dicho organismo reitera la necesidad de cumplir las condiciones
establecidas en el primer informe, ya asumidas por el promotor y las cuales quedan
reflejadas en el apartado correspondiente de la presente resolución con el fin de proteger
el patrimonio natural y la biodiversidad.
Fauna.
El promotor elabora tres estudios de avifauna y quirópteros correspondientes a cada
uno de los parques eólicos que conforman el proyecto, junto con tres adendas de mejora

cve: BOE-A-2023-24984
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Núm. 292