III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24984)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Ventisca" de 89,6 MW, "Boura" de 72,8 MW y "Monzón" de 50,4 MW, y de sus infraestructuras de evacuación. Provincia de Lugo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 7 de diciembre de 2023

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habilitados, la LAAT evitarán cambios bruscos en la orientación del trazado, se elevará la
altura de los apoyos en zonas donde se localicen masas forestales de frondosas y se
minimizará la eliminación de cobertura vegetal, se llevarán a cabo operaciones
encaminadas a restablecer la vegetación en la zona siguiendo un plan de restauración,
se minimizará la eliminación de elementos naturales o construidos de interés paisajístico,
y se acomodará el acabado exterior de las SETs y demás instalaciones auxiliares a las
tipologías y composición de las edificaciones tradicionales de la zona. Como medidas
correctoras, entre otras, se propondrá un sistema de apantallamiento vegetal con
vegetación arbórea autóctona.
El Instituto de Estudios del Territorio de la Xunta de Galicia, en informe con fecha 27
de febrero de 2023 destaca que el principal impacto paisajístico será la elevada
incidencia visual producida por los aerogeneradores, afectando elementos de interés
paisajístico recogidos en el Catálogo de los paisajes de Galicia, las vías de comunicación
más importantes y los núcleos de población. Respecto a la línea de evacuación, recalca
que provocará un impacto visual característico de los tendidos eléctricos, cuyos apoyos y
franjas libres de vegetación generan una estructura lineal que producirán una distorsión
de la armonía visual de las escenas rurales y naturales del entorno. En este sentido,
remarca que el contenido de los Estudios de Impacto e Integración Paisajística
presentados por el promotor, no se ajustan completamente a lo dispuesto en la
Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia, aprobado por
Decreto 96/2020 de 29 de mayo.
El promotor al respecto, en respuesta presenta una serie de estudios paisajísticos
incluidos en la Adenda de mejora de los parques eólicos, los cuales tienen por objeto
actualizar el análisis sobre el paisaje y dar cumplimiento a los informes sectoriales
derivados del procedimiento ambiental.
Entre las diferentes justificaciones y actuaciones relevantes propuestas por el
promotor, cabe resaltar, entre otras, el soterramiento de la LAAT en las zonas de interés
de patrimonio cultural, el no recorrido de la LAAT por Áreas de Especial Interés
Paisajístico, el desarrollo de un plan de restauración para garantizar la revegetación de
todas las superficies desnudas en las que sea viable el mantenimiento de la vegetación,
el soterramiento de las líneas colectoras y paralelas a los viales de acceso, así como
otras serie de medidas preventivas y correctoras para la integración paisajística del
proyecto ya mencionadas en la presente resolución.
El Instituto de Estudios del Territorio de la Xunta de Galicia responde que los
Estudios de Impacto e Integración Paisajísticas presentados por el promotor se ajustan a
la estructura de contenidos que establece la normativa competente. Tras el análisis de
los diferentes efectos del proyecto sobre el paisaje y las medidas de integración
paisajística presentadas por el promotor en los estudios paisajísticos para la adenda a
los EsIAs, el citado organismo considera adecuadas las medidas para reducir o mitigar
los impactos sobre el paisaje, aunque deberán completarse de acuerdo con una serie de
condiciones que se reflejan en la presente resolución.

El promotor ha realizado estudios de prospección arqueológica para los parques del
proyecto, entre los que fueron identificados múltiples elementos de interés. Como
resultado de la información pública y los informes de la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Xunta de Galicia se introdujeron modificaciones en el proyecto para evitar
afecciones a bienes culturales.
La mayor parte de los elementos que podrían verse afectados son de carácter
etnográfico, especialmente hórreos, molinos, cruceiros y otros elementos característicos
de Galicia, pero también yacimientos arqueológicos, elementos de arquitectura civil y
edificios religiosos. Por otro lado, otro elemento relevante que podría sufrir afección es el
Camino de Santiago Norte.

cve: BOE-A-2023-24984
Verificable en https://www.boe.es

Patrimonio cultural.