III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24984)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Ventisca" de 89,6 MW, "Boura" de 72,8 MW y "Monzón" de 50,4 MW, y de sus infraestructuras de evacuación. Provincia de Lugo».
34 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162896

schoeniclus L. subsp. lusitanica Steinbacher) en Galicia. No obstante, no prevé ninguna
afección al respecto ya que no existen humedales en el ámbito de actuación para
considerarse área potencial en sentido estricto. Por otro lado, entre los apoyos 169 y 173
se sitúa una zona propuesta de conservación/recuperación de rana temporaria
(Vulnerable). Finalmente, dicha Dirección de Patrimonio Natural determina que la
documentación aportada presenta carencias importantes sobre la protección y
conservación de especies amenazadas de aves rapaces.
El promotor, en la Adenda de mejora del EsIA aportada en respuesta a la solicitud de
información adicional realizada por esta Dirección General, añade un Estudio
preoperacional de avifauna y quirópteros del Parque Eólico Ventisca y la Línea de Alta
Tensión 132 kV SET PE Ventisca - SET PE Borrasca, donde se contempla la información
requerida por la Dirección de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia. En este sentido
destaca la eliminación de los aerogeneradores del AE 01 al AE 05 del Parque Eólico
Ventisca que se situaban dentro de una zona de protección de avifauna para líneas
eléctricas, habiéndose reubicándose dos de ellos en la parte oriental del parque, fuera de
cualquier zona protegida. A su vez, el promotor replantea la línea de evacuación del
Parque Eólico Boura, reduciendo en 10 los apoyos previstos, y soterrando parte del
trazado, por lo que el tramo aéreo pasa de 5,3 km a 1,91 km, reduciéndose un 64% su
longitud y, por lo tanto, se reduce la probabilidad de colisiones por parte de la avifauna.
Por otro lado, dicha Adenda registra la presencia de 3 dormideros de milano real
(Milvus milvus) en la zona central de la línea de evacuación, el más cercano situado a 1
km al O y SO de la infraestructura de evacuación y a 7,5 km del aerogenerador más
cercano.
La Dirección de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia en su segundo informe,
considera que la documentación aportada por el promotor subsana las deficiencias de
contenidos observados en el primer informe emitido. No obstante, reitera las condiciones
establecidas en su primer informe, ya aceptadas por el promotor. Dichas condiciones
quedan reflejadas en el apartado correspondiente de la presente resolución con el fin de
proteger el patrimonio natural y la biodiversidad.
Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000.
El emplazamiento estudiado para la construcción de los tres parques eólicos no se
encuentra dentro de ninguno de los espacios incluidos en la red gallega de espacios
naturales protegidos ni dentro de la Red Natura 2000. No obstante, los espacios
protegidos más próximo son los siguientes:
– Zona de Especial Conservación (ZEC) A Marronda, a unos 820 metros al sur del
Parque Eólico Ventisca.
– ZEC Río Eo situada a 4,5 km de distancia del Parque Eólico Ventisca.
– ZEC Parga, Ladra, Támoga, situada a 1,5 km de distancia del Parque Eólico
Boura.
– ZEC Serra do Xistral a unos 5,6 km de distancia del Parque Eólico Boura.
El EsIA señala que la zona de implantación del futuro parque eólico no se encuentra
dentro de ninguna de las zonas incluidas en la Propuesta de Ampliación de la Red
Natura 2000 elaborada por la Dirección Xeral de Conservación da Natureza de la Xunta
de Galicia en el año 2011.
Respecto a la línea de evacuación, para llevar a cabo su ejecución, el EsIA señala la
necesidad de realizar un cruzamiento con el río Masma, incluido dentro de la ZEC Ría de
Foz – Masma, y a su vez, transcurriría a tan solo 1 Km de distancia de la ZEC Serra do
Xistral. El EsIA establece las medidas protectoras necesarias para la minimización del
impacto de la línea a su cruce por la ZEC Río Masma.
En relación a las zonas incluidas en el catálogo gallego de humedales el EsIA no
registra ninguna de ellas en la zona donde han sido proyectadas las estructuras de los
parques eólicos, al igual que a lo largo del trazado de la LAT 132kV Ventisca-Borrasca.

cve: BOE-A-2023-24984
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 292