III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-24991)
Orden TED/1317/2023, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus para impulsar la transición ecológica a través de actuaciones de capacitación dirigidas a personas desempleadas, trabajadoras y emprendedoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

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sectores económicos. Todo ello, a través de la mejora de competencias para el empleo y
el emprendimiento que den respuesta a los retos actuales vinculados a la transición
ecológica, contribuyendo a la ecoinnovación y sostenibilidad de las actividades
económicas en todos los sectores.
Esta iniciativa se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico 2022-2024, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, desarrollado por los artículos 10 a 15 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (en adelante Reglamento de la Ley General de Subvenciones).
Como OI, la FB será responsable de certificar al FSE+ o al instrumento de la Unión
Europea que corresponda, los proyectos a cofinanciar, determinando el gasto
subvencionable de los mismos. Le corresponde asimismo examinar las justificaciones de
gasto remitidas por las entidades beneficiarias y realizar las verificaciones necesarias
que permitan certificar dichos gastos a la autoridad de gestión correspondiente en cada
caso, o del instrumento de la Unión Europea que proceda.
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
La atribución al Estado que hace dicho precepto responde al principio de unidad
económica y abarca la definición de las líneas de actuación tendentes a alcanzar los
objetivos de política económica global o sectorial fijados por la propia Constitución, así
como la adopción de las medidas precisas para garantizar la realización de los mismos.
En ese sentido, la regulación prevista no excede de ese ámbito de lo básico y, por tanto,
respeta el orden de distribución de competencias con las comunidades autónomas.
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, aun existiendo una
competencia sobre un subsector económico que una Comunidad Autónoma haya
asumido como «exclusiva» en su Estatuto, esta atribución competencial «no excluye la
competencia estatal para establecer las bases y la coordinación de ese subsector, y que
el ejercicio autonómico de esta competencia exclusiva puede estar condicionado por
medidas estatales, que en ejercicio de una competencia propia y diferenciada pueden
desplegarse autónomamente sobre diversos campos o materias, siempre que el fin
perseguido
responda
efectivamente
a
un
objetivo
de
planificación
económica», STC 225/1993, de 8 de julio, FJ 3.d).
En consecuencia y, conforme con lo anterior, la finalidad del Programa Empleaverde+
es el impulso de la economía hacía una transición verde, contribuyendo a abordar las
transformaciones sistémicas de los sectores tractores de la economía, mediante la
mejora de las competencias para el empleo y el emprendimiento, dando así respuesta a
los retos actuales, que se vinculan a la transición ecológica, y cumplimentando lo
requerido en materia de título competencial por la regla 13.ª del artículo 149.1 CE, ya
que se pretende con este programa la contribución a la sostenibilidad de las actividades
económicas, siendo un «puente entre la política económica y de empleo y la política
ambiental».
Dentro del marco de una planificación económica general, España, como estado
miembro de la Unión Europea, designa una unidad nacional competente para la gestión
de los fondos denominada autoridad de gestión y otra responsable de los flujos
financieros con las autoridades comunitarias denominada Autoridad de Certificación. En
España, el organismo responsable de administrar los recursos procedentes del FSE+ es
la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, en adelante, UAFSE, adscrita al
Ministerio de Trabajo y Economía Social, que tiene asignada la competencia nacional en
materia de empleo, a través de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social. El
Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, establece la posibilidad de que el Estado miembro, una vez finalizada la
designación de la autoridad de gestión, designe Organismos Intermedios, para llevar a

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Núm. 292