II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Destinos. (BOE-A-2023-24871)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 15 de septiembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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Excepcionalmente, a propuesta del departamento por exigencias del normal funcionamiento
de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar la fecha del cese
hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el/la Subsecretario/a
del Departamento donde haya obtenido nuevo destino la persona concursante podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Cuarto.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las
citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso formalizar la
toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al servicio activo.
Quinto.
El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en
concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado como otras
Administraciones Públicas, hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de
posesión del puesto adjudicado en la presente resolución, salvo lo prevenido por el
apartado 2 del artículo 41 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y de
Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Sexto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos
obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el
mismo, en cuyo caso vendrán obligados a comunicar por escrito a este departamento, en
los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada,
con indicación del departamento o comunidad autónoma en que hubiera obtenido
destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de las Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Subsecretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de
un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los
Tribunales Superiores de Justicia de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 29 de noviembre de 2023.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.

cve: BOE-A-2023-24871
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Séptimo.