III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-24890)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Fundación Tres Culturas del Mediterráneo, para la realización de actividades de divulgación, formación e investigación sobre asuntos que afecten al Mediterráneo y a Iberoamérica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162198

EXPONEN
I. Que Casa de América es un consorcio público fundado por el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Madrid en marzo de 1990 y se define como un centro cultural y una
institución de diplomacia pública activa, participativa y especializada en América, que
atiende a las circunstancias que concurren en Madrid, una ciudad abierta desde una
perspectiva histórica, cultural y sociológica al conjunto de ciudades y regiones
americanas.
II. Que la FUNDACIÓN es una entidad sin ánimo de lucro para la realización de
fines de interés general, creada por iniciativa de la Junta de Andalucía y del Reino de
Marruecos y en la que participan otras instituciones y entidades, cuyo objetivo se dirige a
establecer un foro permanente que, sobre las bases del diálogo y la tolerancia,
contribuya a que el Mediterráneo en su conjunto constituya una zona de paz, estabilidad
y progreso, fomentando el encuentro y un mayor conocimiento de las diferentes culturas,
religiones y pueblos que conviven en el Mediterráneo, desarrollando a tal fin actividades
e iniciativas encaminadas a ampliar la cooperación y la solidaridad y avanzar en el
desarrollo socioeconómico, sostenible y equilibrado de la zona. Para llevar a efecto estos
fines, Fundación Tres Culturas puede realizar las acciones, establecer los contactos y
formalizar los convenios que estime oportunos con entidades, organismos e
instituciones, tanto públicas como privadas, nacionales y extranjeras.
III. Que ambas partes se reconocen mutua capacidad para establecer las oportunas
vías de colaboración para el desarrollo de las iniciativas contempladas en sus
respectivos objetos y dentro de su respectivo marco de actuación, consideran
beneficiosa la cooperación en proyectos que impliquen la elaboración y ejecución de
actividades en los diferentes ámbitos especificados en la cláusula primera del presente
convenio.
IV. Por ello, reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria, y en virtud
de lo expuesto, convienen en suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer los cauces para la realización de
actividades conjuntas de divulgación, formación e investigación sobre asuntos que
afecten al Mediterráneo, pero también y en una vertiente más atlántica a Iberoamérica,
de manera que se intensifique la retroalimentación y la conexión entre ambas zonas del
mundo.
Específicamente, se tratará de programar acciones sobre acontecimientos y
personas de máxima relevancia de la actualidad americana y mediterránea, con la
intención de difundirlos, estudiar sus repercusiones, así como -en su caso- promocionar
sus legados históricos y culturales, estableciendo las sinergias oportunas entre ambos
espacios geográficos. Estas acciones se realizarán siempre dentro del marco de los
planes de acción aprobados por los organismos rectores de ambas entidades, en los
ámbitos social, cultural, académico, científico, político, diplomático, empresarial y
mediático.
Con carácter meramente enunciativo y no limitativo, se podrán organizar
conjuntamente las siguientes actividades:
Sesiones de trabajo conjuntas del tipo: mesas redondas, talleres, debates,
seminarios, cursos de formación y presentaciones de documentos, informes o
publicaciones.
Exposiciones.
Proyecciones cinematográficas.
Conciertos.

cve: BOE-A-2023-24890
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Núm. 291