III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-24892)
Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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Información

Sec. III. Pág. 162222

Procedimiento administrativo

IMPUESTO SOBRE EL
PATRIMONIO.

Indicación de si se ha presentado la declaración del
impuesto.

Los procedimientos establecidos por la Comunidad
Autónoma en cada caso.

OTRA INFORMACIÓN.

Número de perceptores medios de rendimientos del
trabajo personal.

Los procedimientos establecidos por la Comunidad
Autónoma en cada caso.»

Novena.

Prórroga del convenio.

En virtud de la cláusula decimosexta del convenio y conforme al artículo 49 de la Ley
de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes firmantes acuerdan la prórroga del
convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma
de La Rioja, de fecha 27 de abril de 2020, en materia de suministro de información para
finalidades no tributarias, incluyendo las modificaciones incorporadas al mismo mediante
la Adenda suscrita en fecha 20 de enero de 2022 y las incorporadas mediante la
presente Adenda. Dicha prórroga, por un periodo de otros cuatro años, comenzará a
contar desde la finalización de la vigencia prevista en la cláusula decimosexta del
convenio, previa inscripción de la adenda en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal antes de la fecha de extinción
del convenio.
Décima.

Eficacia de las modificaciones.

Las modificaciones del convenio contenidas en la presente adenda serán de
aplicación desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, la adenda se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2023-24892
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, ambas partes lo firman electrónicamente en el lugar
indicado en el encabezamiento.–Por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el
Presidente, Jesús Gascón Catalán.–Por la Comunidad Autónoma de La Rioja, el
Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del
Gobierno de La Rioja, Alfonso Domínguez Simón.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X