III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-24903)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque FV Orión, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Orión de 50,747 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Chozas de Canales, Lominchar, Palomeque, Cedillo del Condado, El Viso de San Juan, Illescas, y Ugena (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

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incluye la línea de evacuación a 66 kV «SET Orión–SET Colectora Promotores Nudo
Fuenlabrada» que se cruza con la línea de evacuación a 220 kV «Apoyo inicio
Prado/Ventas-SET Colectora Prado», respectivamente. Se solicita por parte del
alegatario que se compatibilicen las infraestructuras de los proyectos mencionados.
Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta la compatibilidad de las instalaciones.
Se han recibido alegaciones de Iberia Solar Brownfield 1, SL, donde muestran su
oposición y ponen de manifiesto que Peñalara Solar, SL, Perdiguero Solar, SL, Sentina
Solar, SL, Sextante Solar SL, y Zuncho Solar, SL, proyectan unas plantas fotovoltaicas
ubicadas en Toledo y Madrid que resultan afectadas por el proyecto que comprende este
expediente, y que vierten en el nudo Moraleja 220 kV. Los proyectos que promueven
Peñalara Solar, SL, Perdiguero Solar, SL, Sentina Solar, SL, Sextante Solar SL, y
Zuncho Solar, SL y, cuyos códigos de tramitación ante la Administración General del
Estado (AGE) son SGEE/PFot-248, SGEE/PFot-249, SGEE/PFot-250, SGEE/PFot-251 y
SGEE/PFot-304, se denominan Sextante Solar, Peñalara Solar, Sentina Solar, Zuncho
Solar, y Perdiguero Solar, respectivamente. En su escrito, concluyen que no determinar
el radio de estudio para el análisis de los impactos sinérgicos respecto de otros
proyectos ya ubicados en la zona previsible de implantación provoca que las
infraestructuras planteadas no sean viables. Se ha dado traslado al promotor, que
manifiesta se han tenido en cuenta los aspectos mencionados por los alegatarios,
reiterándose en las conclusiones de su análisis inicial.
Se han recibido alegaciones de Minerva Power, SL, donde muestran su oposición y
ponen de manifiesto que proyectan una planta fotovoltaica ubicada en Toledo y Madrid
que resulta afectada por el proyecto que comprende este expediente, y que vierte en el
nudo Lucero 220 kV. El proyecto que promueve Minerva Power, SL y, cuyo código de
tramitación ante la Administración General del Estado (AGE) es el SGEE/PFot-769, se
denomina Luciérnaga. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de
este expediente se incluye la línea de evacuación a 66 kV «SET Orión-SET Colectora
Promotores Nudo Fuenlabrada» que se cruza con la línea compartida en el término
municipal de El Viso de San Juan. Se solicita por parte del alegatario que se
compatibilicen las infraestructuras de los proyectos mencionados. Se ha dado traslado
al promotor, que manifiesta la intención de llegar a un acuerdo para compatibilizar las
infraestructuras.
Se han recibido alegaciones de Green Capital Development 80, SLU, donde
muestran su oposición y ponen de manifiesto que proyectan una planta fotovoltaica
ubicada en Madrid que resulta afectada por el proyecto que comprende este expediente,
y que vierte en el nudo Prado Santo Domingo 220 kV. El proyecto que promueve Green
Capital Development 80, SLU y, cuyo código de tramitación ante la Administración
General del Estado (AGE) es el SGEE/PFot-072, se denomina Gasset. Entre las
instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este expediente se incluye la línea
de evacuación a 220 kV «SET Colectora Promotores Nudo Fuenlabrada-SE Fuenlabrada
(REE)» que se cruza con la superficie de la planta solar fotovoltaica del alegatario.
Se solicita por parte del alegatario que se compatibilicen las infraestructuras de los
proyectos mencionados. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta haber
mantenido reuniones con el alegante sin haber llegado a ningún acuerdo.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la
Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del
Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Subdirección General
de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General del Agua del
Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Subdirección General
de Impacto Ambiental de la Dirección General de Descarbonización y Transición
Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid, a la Subdirección General de Recursos Naturales de la Dirección General

cve: BOE-A-2023-24903
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Núm. 291