III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24896)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "BCN Solar 1", de 115,12 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Tarragona y Lleida».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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construcción, se realizará la correspondiente restitución del terreno favoreciendo así la
nueva implantación de la vegetación predominante en la zona de forma totalmente
natural. En este sentido, el EsIA incluye un anexo específico de integración paisajística,
que detalla, entre otras, acciones para la reposición de la cubierta vegetal.
Por otra parte, el EsIA señala que, durante la explotación, se precisa la realización de
trabajos de control que aseguren que la vegetación en el interior de la instalación se
encuentra en densidades y alturas adecuadas. Con esta finalidad, se proyecta la
realización de actuaciones de control de vegetación en las que primará el desbroce
mediante el empleo de ganado ovino y, en caso de no ser posible se realizará
mecánicamente, pero en ningún caso se usarán herbicidas.
En relación a las infraestructuras de evacuación, no se considera en el EsIA que
exista un impacto añadido ya que la LAAT prevista discurre en su mayor parte utilizando
un trazado ya existente desde 2007. No obstante, se indica que se tendrá en cuenta su
valor ecológico y vulnerabilidad y se propone la conservación de gran parte de la
vegetación natural, así como la implantación de franjas de compensación y restitución.
El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de la Generalitat
de Cataluña informa sobre las afecciones a los HIC 6220*, 9340 «Bosques de Quercus
ilex y Quercus rotundifolia» y 9540 «Pinares mediterráneos de pinos mesogeanos
endémicos». Considera que, aun aplicando las medidas preventivas y correctoras
propuestas en el EsIA, algunas de estas afectaciones sobre los hábitats protegidos serán
inevitables, de manera que se darán impactos residuales que deberán ser compensados.
También considera que existe falta de detalle y concreción en las medidas
compensatorias propuestas por el promotor. Por ello, indica que el promotor deberá
entregar para su aprobación previa al inicio de las obras de ejecución, un proyecto de
detalle de medidas compensatorias a aplicar, incluyendo las relacionadas con los HIC
mencionados. El promotor acepta todas estas indicaciones que, además, se trasladan al
condicionado de la presente resolución.
Los Ayuntamientos de Blancafort, Solivella, Forès y Espluga Francolí consideran
relevante la afección del proyecto a la vegetación y los HIC y a su conectividad y
remarca que el proyecto genera un efecto borde importante. Estos ayuntamientos
indican la necesidad de que el promotor detalle la tala de vegetación cuantificando la
cantidad de desbroce, tipología y localización de la vegetación que se va a eliminar,
sobre todo en zonas con riesgo de erosión y afección hidrológica y con especial atención
a «Thymus loscosii», «Salix tarraconensis», «Chaenorhinum reyesii». Asimismo,
recuerda que es necesario extraer y replantar los individuos arbóreos de características
especiales previamente a la construcción en época favorable reduciendo al mínimo el
estrés generado, para asegurar la supervivencia de los ejemplares. Estas indicaciones
también se tienen en cuenta en el condicionado de la presente resolución, junto con
otras medidas para la protección de la vegetación.
Fauna.

El EsIA incluye el resultado de la realización de trabajos de campo de un ciclo anual
para la identificación de fauna (en particular la ornítica, por ser el grupo más afectado por
este tipo de instalaciones), así como revisión bibliográfica de datos de referencia de la
zona (inventarios de biodiversidad del MITECO, así como otros datos e inventarios del
entorno); según lo anterior, el promotor realiza una selección específica de especies de
interés para el ámbito del proyecto que atiende a criterios ambientales según el grado de
amenaza o estatus de conservación de las especies, la potencialidad del hábitat en el
que se ubica el proyecto, y su detección sobre el terreno. En función de lo anterior, las
especies de aves más sensibles identificadas en el EsIA y estudio de avifauna, con base
en su categorización de amenaza, y detectadas en terreno, son las siguientes:
Categorizadas «En Peligro de Extinción» en el Catálogo Español de Especies
Amenzadas (CEEA) y/o en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cataluña

cve: BOE-A-2023-24896
Verificable en https://www.boe.es

b.3)