III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24896)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "BCN Solar 1", de 115,12 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Tarragona y Lleida».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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comunitario (HIC), vegetación, fauna, paisaje, pendientes, planeamiento urbanístico e
impacto social sobre la población del ámbito de estudio, entre otras.
La alternativa 1 para la PSFV tiene una superficie total de 262,20 ha. No afecta a HIC
y se encuentra alejada de Zonas de Protección de la Avifauna, en particular de las Zonas
Importantes para las Aves Esteparias (ZIAE); además, más del 90% de su superficie se
emplaza sobre mosaicos de cultivo, no coincide espacialmente con montes de utilidad
(MUP) pública ni vías pecuarias (VVPP). Se identifican 3 cauces cercanos al vallado de
la PSFV y presenta pendientes mayores del 10% en alguno de sus puntos.
La alternativa 2 de la PSFV tiene una superficie de implantación de 281,07 ha
Aproximadamente el 10% de su extensión se asienta sobre HIC. Afecta a áreas de
interés florístico y faunístico, implantándose, además de sobre viñedos, sobre bosque de
coníferas y otra vegetación natural, con afección a MUP. Además, existe un cauce muy
cercano al vallado perimetral de la PSFV, aunque esta alternativa se proyecta sobre
pendientes menores del 10%.
El promotor considera que, si bien la alternativa 2 presenta buenas condiciones
técnicas, influye negativamente sobre varios factores ambientales. Sin embargo, la
alternativa 1 técnicamente es más complicada, pero ambientalmente presenta
afecciones menos elevadas sobre algunos factores clave por lo que se selecciona.
No se plantean alternativas para las infraestructuras de evacuación incluidas en este
procedimiento. Como se ha indicado en puntos anteriores de la presente resolución, la
LAAT de 220 kV en su mayoría utiliza un trazado de LAAT preexistente y la LASAT
de 400 kV, une con un tramo de 390 m la SE Promotores con la SE L'Espluga 400kV de
REE.
b) Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Población y salud humana.

De acuerdo con el EsIA, el proyecto se encuentra ubicado en las provincias de Lleida
y Tarragona. En concreto, la PSFV BCN Solar 1, se emplaza en los municipios de
Passanant i Belltall, Forès (Tarragona) y Vallbona de les Monges (Lleida) y la SE
Conca 30/220 kV, en Passanant i Belltall. Por su parte, la infraestructura de evacuación
sobrevuela tres municipios comenzando su recorrido en Passanant i Belltall; continuando
por Vallbona de les Montges (Lleida); y finalizando en L’Espluga de Francolí (Tarragona),
donde también se ubica la SE Promotores y la LASAT de 400 kV. Según el EsIA, se trata
de municipios rurales de interior con escasos servicios, alejados de centros
industrializados, lejos de hospitales, institutos, farmacias o tiendas, con transporte
público prácticamente inexistente y problemas de acceso a las redes. Añade que el
entorno de las implantaciones tiene como actividad económica principal la agricultura y
que las condiciones del medio físico han permitido el asentamiento humano y el
aprovechamiento del suelo desde tiempos remotos. A pesar de tener un clima crudo, en
relación con los territorios de alrededor, la combinación del clima con suelos
generalmente arcillosos (aunque con abundante pedregosidad en algunas mesetas) ha
permitido una agricultura cerealista importante, con unos de los mejores rendimientos de
cereal de secano de Cataluña. También destaca la relevancia del patrimonio cultural y de
la actividad turística en algunos municipios.
Según el EsIA, la implantación de la PSFV contempla la ocupación de suelos
pertenecientes al Plan Territorial del Camp de Tarragona (Suelos de Protección Especial
y de Protección Preventiva) y del Plan Territorial de Ponent (Suelo de Protección
Preventiva). Las parcelas afectadas se clasifican de uso agrícola, perteneciendo a un
mismo espacio agrario. En el EsIA se indica que la selección de dichos terrenos se ha
realizado para maximizar la protección de los valores ambientales y minimizar los
impactos. A nivel municipal, el ámbito de estudio se califica como no urbanizable y,
dependiendo del municipio, adquiere diferente calificación.
El EsIA considera que pueden producirse molestias sobre la población y la salud
humana por ruido, olores, polvo generado sobre todo en la construcción, contaminación

cve: BOE-A-2023-24896
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b.1)