II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-24813)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 5 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
24813

Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la
que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes
universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 69 y 71 y en la disposición
transitoria décimo primera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario (BOE de 23 de marzo) –en adelante LOSU–, en el artículo 3 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios (en adelante RDC), en el artículo 116 y 116 bis
de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de
octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por
Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante EUAH).
Y una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su
sesión de 24 de mayo de 2023, la convocatoria de plazas de funcionarios de los cuerpos
docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición de plazas de funcionarios
docentes en virtud de las bajas producidas en el año 2022; asimismo, aprobado por el
Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 22 de junio de 2023, y
tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador
para el ejercicio 2023 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 23 junio
de 2023 (BOCM de 6 de julio de 2023),
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se
relacionan en el anexo I de la presente resolución de acuerdo a lo dispuesto en la LOSU,
el RDC, los EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación
general de funcionarios civiles del Estado garantizando el respeto a los principios de
publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia y con arreglo
a las bases que a continuación se indican.
Primera.

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

cve: BOE-A-2023-24813
Verificable en https://www.boe.es

Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos
generales: