III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-24828)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la realización de dos sorteos extraordinarios de la modalidad de lotería denominada "Cupón de la ONCE" el 19 de marzo de 2024 y el 5 de mayo de 2024, "Sorteo Extra del Día del Padre de la ONCE" y "Sorteo Extra del Día de la Madre de la ONCE".
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 5 de diciembre de 2023

Cupones premiados
por serie

Premio unitario
por cupón
(en euros)

Sec. III. Pág. 161900

Categoría de
premios

Descripción

3.ª

Premio a las cuatro
últimas cifras.

9

1.500

Premio a los cupones cuyas cuatro últimas cifras (unidades de
millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas
cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo
orden.

4.ª

Premio a las tres
últimas cifras.

90

100

Premio a los cupones cuyas tres últimas cifras (centenas,
decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número
premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

5.ª

Premio a las dos
últimas cifras.

900

10

Premio a los cupones cuyas dos últimas cifras (decenas y
unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado
y estén dispuestas en el mismo orden.

6.ª

Premio a la última
cifra (reintegro).

9.000

5

Premio a los cupones cuya última cifra (unidades) coincida con la
misma cifra del número premiado.

Observaciones

N/A: No aplicable.

3.2 Ningún premio es acumulable, abonándose, en el caso de un cupón agraciado
con más de una categoría de premios, el premio correspondiente a la categoría con
mayor importe.
3.3 Una parte del importe del premio a las cinco cifras y serie (1.ª Categoría), hasta
un máximo de diez millones de euros (10.000.000 €), podrá provenir de los premios no
vendidos de sorteos anteriores de productos de lotería en los que esté prevista esta
posibilidad; realizándose la asignación definitiva antes de la realización del sorteo
mediante resolución del Director General; en cuyo caso, antes de la celebración del
sorteo extraordinario, se publicará en la página web oficial de juego de la ONCE,
www.juegosonce.es, el importe de los premios de sorteos anteriores no vendidos
asignados al premio de 1.ª Categoría así como los sorteos a los que pertenecen dichos
importes.
3.4 En caso de que el cupón con premio a las cinco cifras y serie de la primera
categoría no se haya vendido, se destinarán a futuros sorteos 5 millones de euros de los
premios generados en el propio sorteo, que se acumularán a aquellas categorías de
premios y a aquellos sorteos posteriores del producto o productos de lotería en los que
tal posibilidad esté contemplada por su normativa reguladora, en la cuantía y categoría
de premios que la ONCE decida, anunciándolo en la página Web oficial de juego de la
ONCE, www.juegosonce.es, con carácter previo a la celebración del sorteo en el que se
acumule.
3.5 La probabilidad de premio del «Sorteo Extra de Día de la Madre de la ONCE»
es de un cupón premiado por cada 10 cupones vendidos.
Normas específicas de la celebración del sorteo.

Para el sorteo extraordinario de 5 de mayo de 2024 se utilizará un sexto bombo de
diferente magnitud que los otros cinco. Dicho bombo contendrá tantas bolas numeradas
del mismo tamaño, color y peso, como series hayan sido puestas en juego. De este
bombo se extraerá una bola que determinará la serie premiada y, en consecuencia, el
premio a las cinco cifras y serie. Con carácter previo a la extracción de la serie premiada
se indicará expresamente el premio al que se refiere.
5.º

Regulación supletoria.

Este sorteo se regirá por las presentes normas y por el Reglamento regulador de los
productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE» publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril de 2023, mediante Resolución de 4 de abril
de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

cve: BOE-A-2023-24828
Verificable en https://www.boe.es

4.º