III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-24753)
Resolución de 28 de noviembre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo, para la organización del ciclo «Oviedo Jazz 2024» y del «XI Ciclo Primavera Barroca» correspondientes a la temporada 2023-2024 del Centro Nacional de Difusión Musical.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 161432

– XI Primavera Barroca:
• Cuarenta mil quinientos cuatro euros (40 504,00 euros), con cargo a la aplicación
presupuestaria 334.22609.
• Siete mil euros (7.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria
334.22602.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta. Precios de las localidades y distribución de ingresos.
a)

Precios de las entradas:

– Ciclo «Oviedo Jazz 2024 », teatro Filarmónica:
Patio de Butaca: ocho euros (8,00 euros).
Entresuelo: seis euros (6,00 euros).
Abonos: veinticinco euros con sesenta céntimos de euro (25,60 euros) Butaca de
Patio – diecinueve euros con veinte céntimos de euro (19,20 euros) Butaca de
entresuelo.
– «XI Ciclo Primavera Barroca», Sala de Cámara del Auditorio Príncipe Felipe de
Oviedo:
Butaca: doce euros (12,00 euros).
Abonos: cincuenta y siete euros con sesenta céntimos de euro (57,60 euros).
– Los alumnos/as participantes en el ciclo de conferencias del «XI Ciclo Primavera
Barroca», organizadas por el Conservatorio Superior y la Universidad de Oviedo, podrán
asistir gratuitamente a los conciertos del mismo ciclo, cuyas obras hayan sido tratadas
en el curso.
b)

Distribución de ingresos:

Quinta.

Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de las
actividades.
En toda la promoción y difusión de los conciertos y conferencias que son objeto del
presente convenio, habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones
involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios

cve: BOE-A-2023-24753
Verificable en https://www.boe.es

Los ingresos netos obtenidos con la organización de los conciertos (descontado el
IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto
que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en
un 50 % en la FMC y en un 50 % en el INAEM.
El importe correspondiente al INAEM será abonado por la FMC al organismo
autónomo, tras presentar la liquidación correspondiente, en la cuenta del INAEM n.º
IBAN ES59 0182 2370 40 0200201218.
La FMC se compromete a enviar al CNDM el justificante de haberse realizado la
transferencia bancaria por la cantidad fijada por distribución de ingresos a la cuenta del
INAEM una vez realizada ésta, estableciéndose un plazo máximo de diez días desde la
realización de la transferencia para el envío de dicha justificación.
La relación de los ingresos percibidos por la celebración de conciertos se aportará
por la contraparte a través de una aplicación o plataforma de gestión de entradas o
ingresos, o en su defecto, con las hojas de taquilla.