II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Destinos. (BOE-A-2023-24694)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
24694

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de
Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino
al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden
JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración
de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se
relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as/ del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno
libre), nombrados/as funcionarios/as/as de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por
Orden de 21 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a
los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable
del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados
desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado»,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en
dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por
cuadruplicado ejemplar, previamente por esta Dirección General.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya
al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y
que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se
desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del
plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a
la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades
Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Acceso y Promoción del Personal al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a
su destino como funcionarios/as del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o

cve: BOE-A-2023-24694
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Segundo.