II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Destinos. (BOE-A-2023-24689)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

Sec. II.A. Pág. 160883

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
24689

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y
Fondos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del
Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que
superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de
diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto
1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as/ del Cuerpo de
Auxilio Judicial (turno libre), nombrados/as funcionarios/as/as de carrera del Cuerpo de
Auxilio Judicial por Orden de 21 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a
los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo en la Viceconsejería
de Justicia del Principado de Asturias, dentro del plazo de veinte días hábiles contados
desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado»,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo
30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Segundo.
Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución, que pertenezcan
ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y
Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comuniquen, en su caso, a la Viceconsejería de Justicia del Principado de Asturias, a los
efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal al servicio de
la Administración de Justicia.

En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a
su destino como funcionarios/as del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o
Tramitación Procesal y Administrativa u órgano competente de la Comunidad Autónoma,
un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso
contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o

cve: BOE-A-2023-24689
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.