III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Deuda del Estado. (BOE-A-2023-24756)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de diciembre de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de diciembre de 2023

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de 2039. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo
armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, con vencimiento el 30 de
noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de
cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECE/930/2018 y
ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2024
en las Obligaciones a quince años al 3,90 por 100, el 31 de octubre de 2024 en las
Obligaciones al 0,60 por 100 y el 30 de noviembre de 2024 en las Obligaciones al 0,70
por 100, indexadas a la inflación.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, que se
emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 7 de diciembre de 2023, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso
de las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración
la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este
respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma
que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,07
por 100 en las Obligaciones al 0,60 por 100, el 0,02 por 100 en las Obligaciones al 0,70
por 100 indexadas a la inflación y el 1,44 por 100 en las Obligaciones a quince años
al 3,90 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador
correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de
la Orden ECE/930/2018, es el 1,21636.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 12
de diciembre de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares
de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las
emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación
de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de
acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.
Madrid, 1 de diciembre de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera,
P.D. de firma (Resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de
Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

cve: BOE-A-2023-24756
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Núm. 289