II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Destinos. (BOE-A-2023-24677)
Orden PJC/1296/2023, de 21 de noviembre, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
24677

Orden PJC/1296/2023, de 21 de noviembre, por la que se otorga destino al
personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden
JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as/ del Cuerpo de
Auxilio Judicial (turno libre), nombrados/as funcionarios/as/as de carrera del Cuerpo
de Auxilio Judicial por Orden de 21 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo
siguiente:
Primero.
Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a
los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del
órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde
el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos
órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado
ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que corresponda.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta orden, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que
opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se
desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del
plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a
la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades
Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Acceso y Promoción del Personal al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración
de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma
de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como

cve: BOE-A-2023-24677
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Segundo.