V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2023-36282)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental sobre Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Mejora de capacidad y funcionalidad de la Autovía de Castilla (A-62). Tramo: Dueñas - Cigales. Desde el P.K. 97+500 al 119+200". Provincias de Palencia y Valladolid. Clave T7-VA-4000.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 58792

2.14. Se estudiará la visibilidad de parada en las vías de servicio, así como la
visibilidad de cruce en las intersecciones y accesos diseñados en las mismas,
conforme a los parámetros definidos en la Norma 3.1-IC Trazado de la Instrucción
de Carreteras, adoptando en cada caso las medidas de despeje de márgenes,
señalización o balizamiento que resulten más convenientes.
2.15. En las calzadas anulares de las nuevas glorietas proyectadas se
proporcionará, salvo justificación en contrario, una inclinación transversal constante
del 2% hacia su borde exterior, conforme a los parámetros definidos en la Norma
3.1-IC Trazado de la Instrucción de Carreteras, comprobando que la combinación
de la inclinación longitudinal con la inclinación transversal no produzca
acumulaciones de agua en la calzada anular o en alguna de sus vías de acceso.
2.16. Para garantizar una adecuada seguridad viaria se señalizarán las
limitaciones de circulación para determinados tipos de vehículos y usuarios desde
el inicio de los ramales de enlace de la autovía, teniendo en cuenta la legislación
aplicable de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
2.17. Se redactará el proyecto aplicando los eurocódigos estructurales y sus
anejos nacionales. Asimismo, se aplicará en relación con las especificaciones
técnicas de materiales, ejecución de las obras, control de calidad y mantenimiento
de las estructuras, el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba
el Código Estructural.
2.18. El presupuesto del proyecto se obtendrá teniendo en cuenta lo
establecido en la Orden Circular 4/2023 "Procedimiento para la justificación de
precios en la Dirección General de Carreteras y Base de Precios de Apoyo", o
versión que la sustituya.
2.19. Se tendrán en cuenta, en la medida de lo posible, los criterios
establecidos en la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se
aprueba la "Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la
eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias,
carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento".
2.20. Se proseguirá la tramitación de los proyectos de reposición de servicios
afectados de Red Eléctrica de España (REE), ADIF, Iberdrola, Enagás, Gas
Natural, Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A., Telefónica S.A.U.,
Dirección General de Tráfico D.G.T., así como con las compañías de
abastecimiento y saneamiento de los ayuntamientos afectados, de acuerdo con lo
dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los proyectos de
obras", de 7 de marzo de 1994, y su modificación de 4 de noviembre de 1996.
2.21. Se revisará y actualizará la documentación aportada sobre la titularidad y
particularidades de las parcelas afectadas por la expropiación o por el
establecimiento de servidumbres, con el fin de componer una relación de bienes y
derechos afectados veraz y completa.
2.22. Previamente a la aprobación del Proyecto de Construcción se llevará a
cabo un trámite de información pública a los efectos de los artículos 17, 18 y 19.1
de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y concordantes
de su Reglamento.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Occidental que:

cve: BOE-B-2023-36282
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288