III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-24593)
Resolución 420/38452/2023, de 6 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Vigo, para su adscripción al Centro Universitario de la Defensa en la Escuela Naval Militar de Marín.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

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tengan los mismos efectos académicos y profesionales que los cursados en los centros
propios de la UVIGO.
2. Expedirá, en nombre de S.M. el Rey, los títulos oficiales correspondientes a las
enseñanzas impartidas por el CUD-ENM, en el marco del presente convenio.
3. Establecerá el procedimiento para el acceso del personal del CUD-ENM a los
cursos de formación organizados por ella.
4. Proporcionará al CUD-ENM, a través de sus servicios de Investigación y
Transferencia Tecnológica, apoyo y asesoramiento en el desarrollo de la actividad
investigadora del profesorado del CUD-ENM, estableciendo mecanismos que permitan
la integración del personal Docente e Investigador (PDI) del Centro en los grupos
de investigación de la UVIGO y en los proyectos de investigación derivados de la
colaboración mutua, así como la inclusión de los grupos de investigación del CUD-ENM
en los listados de grupos de la UVIGO, como grupos de centros adscritos. Además,
proporcionará apoyo y asesoramiento, llegado el caso, para la creación de un programa
de doctorado del CUD-ENM en la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad
de Vigo (Eido de la UVIGO).
5. Prestará al CUD-ENM, a través de sus unidades de gestión y apoyo a la actividad
docente e investigadora (servicio de bibliotecas, informática, idiomas, calidad, comité de
ética, etc.), los apoyos precisos para alcanzar los fines descritos en la cláusula primera
de este convenio.
6. En la medida de sus posibilidades, ofrecerá al CUD-ENM, al mismo coste que se
estipule para los centros y personal propio de la UVIGO, otros servicios y apoyos que
pudieran resultar de interés para el CUD-ENM.
7. El asesoramiento y los apoyos recogidos en los apartados anteriores de la
presente cláusula tienen el objetivo de colaborar en la mejora de la docencia, la
investigación y transferencia, y la administración del CUD-ENM, sin que en ningún caso
pueda entenderse que configuran una relación laboral o contractual del personal
del CUD-ENM con la UVIGO.
Quinta.

Delegado de la Universidad.

1. La vinculación académica entre la UVIGO y el CUD-ENM se establece a través
de la figura del Delegado de la Universidad.
2. El Delegado de la Universidad será nombrado por el Rector entre el profesorado
con vinculación permanente a la UVIGO con titulación de Doctor. Desempeñará la tarea
de coordinación con el Centro en todo lo que se refiere a la gestión académica del
mismo.
3. El Delegado de la Universidad será conocedor en todo momento de la actividad
académica del CUD-ENM relacionada con los títulos universitarios oficiales impartidos
por este Centro y expedidos por la UVIGO.
4. Deberá mostrar su acuerdo con la programación docente y demás aspectos
académicos incluidos en la memoria anual elaborada por la Dirección del CUD-ENM con
carácter previo a su elevación al Patronato. En el caso de que manifestara alguna
reserva al respecto, dejará constancia de la misma por escrito para su incorporación a la
citada memoria.
Órganos de gobierno.

1. Son órganos de gobierno y gestión del CUD-ENM los que seguidamente se
relacionan:
a) Colegiados: el Patronato y la Junta de centro del CUD-ENM. El régimen jurídico
y funcionamiento de esta Junta, se regirá por lo establecido en los artículos 15 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
b) Unipersonales: el Director, el Subdirector, el Secretario y el Gerente del CUDENM.

cve: BOE-A-2023-24593
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.