II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-24591)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 160254

Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universitat de Lleida que escuchará a los miembros de la comisión, contra cuya
propuesta se haya presentado la reclamación, así como a las personas candidatas.
La Comisión de Reclamaciones examinará el expediente correspondiente al proceso
selectivo para velar por las garantías establecidas y ratificará o no la propuesta
reclamada, en el plazo máximo de un mes, a partir del que el rector o la rectora dictará
una resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión. La finalización del plazo
establecido sin haberse resuelto la reclamación se entenderá como desestimación de la
reclamación presentada.
Este plazo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 39/2015 del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas no se tendrá en cuenta a los
efectos que prevé el apartado 3 de la base primera.
La resolución del rector agota la vía administrativa y será impugnable directamente
ante la jurisdicción contenciosa-administrativa.
8.

Resolución del concurso

8.1 La comisión de selección elevará la propuesta de la persona designada para
proveer cada plaza, al rector, que dictará la correspondiente resolución de adjudicación
de las plazas.
8.2 La resolución del rector de adjudicación de las plazas, que pone fin al proceso
de selección, agota la vía administrativa y contra esta, las personas interesadas podrán
interponer recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución, de acuerdo con lo establecido por el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa.
Asimismo, en virtud de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas
interesadas también podrán interponer recurso de reposición ante el rector en el plazo de
un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución. En ese caso, no se
podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto de
forma expresa, o se haya producido desestimación presunta, del recurso de reposición.
9.

Nombramientos y toma de posesión

a) Certificado médico oficial que acredite que no padece enfermedad ni defecto
físico ni psíquico que le incapacite para el ejercicio de las funciones correspondientes a
la plaza convocada. No será necesario que presenten esta documentación las personas
aspirantes que, habiendo prestado servicios en la Universitat de Lleida, durante el último
año natural anterior al de la fecha de toma de posesión propuesta y en un supuesto de
idénticas tareas y riesgos, hayan superado favorablemente reconocimiento específico de
vigilancia de la salud, en la Universitat de Lleida.
b) Declaración de no haber sido separado o separada, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni encontrarse inhabilitado o
inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas.
c) Declaración de no incurrir en ningún motivo de incompatibilidad previsto en la
legislación vigente.

cve: BOE-A-2023-24591
Verificable en https://www.boe.es

9.1 Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán acreditar, en el plazo
de ocho días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
propuesta de la comisión, que satisfacen los requisitos para el acceso a la función
pública docente universitaria, fijados en estas bases. Además de presentar los
documentos que les sean requeridos, deberán presentar la siguiente documentación: