V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-35968)
Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de competencia de proyectos de solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas públicas con expediente 5007/2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

35968

Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir de competencia de proyectos de solicitud de concesión de
aprovechamiento de aguas públicas con expediente 5007/2021.

Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de concesión de
aprovechamiento de aguas públicas:
Peticionario: Green Capital Power, S.L.U.
Uso: Producción de energía eléctrica superior a 5.000 kVA (Central
Hidroeléctrica Reversible de Íllora).
Caudal (l/s): 500 (llenado); 70 (reposición)
Captación:
• Término municipal: Íllora.
• Provincia: Granada.
• Procedencia del agua: Aguas superficiales.
• Masa de agua subterránea: Río Genil aguas abajo del río Cubillas hasta el
embalse de Iznájar
• Coordenadas UTM-ETRS89: X: 416.548; Y: 4.117.728
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 y ss del Reglamento del
Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, se
abre un plazo de UN MES a contar desde la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial del Estado.

A la instancia se acompañará Proyecto o Anteproyecto, suscrito por técnico
competente, en el que se determinarán las obras e instalaciones necesarias,
justificándose los caudales a utilizar, los plazos de ejecución y, si se tratase de
riegos en régimen de servicio público, los valores máximos y mínimos de las tarifas
correspondientes, que habrán de incorporar las cuotas de amortización de las
obras. El proyecto podrá ser sustituido por un anteproyecto, en el que queden
definidas las características del aprovechamiento, las obras y las afecciones en
grado suficiente para llevar a cabo una información pública o resolver una posible
competencia de proyectos, quedando obligados a completar el grado de definición
si la administración la considerase todavía insuficiente.
Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga
una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sin
perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite
fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105

cve: BOE-B-2023-35968
Verificable en https://www.boe.es

Durante este plazo, el peticionario y cuantos deseen presentar proyectos en
competencia, se dirigirán al Organismo de cuenca correspondiente, mediante
instancia, en la que se concrete su petición, pudiendo solicitar en ese momento la
declaración de utilidad pública y la imposición de servidumbres que se consideren
necesarias.