III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Guardas Rurales. (BOE-A-2023-24462)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban, para el año 2024, el calendario y las bases de las convocatorias de las pruebas de selección para Guardas Rurales y sus especialidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

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4.1.3 Guardapescas marítimos: los aspirantes a guardas rurales en la especialidad
de guardapescas marítimos realizarán dos pruebas o ejercicios de carácter eliminatorio:
a) Primera prueba (prueba de conocimientos teórico-prácticos): consistirá en la
contestación por escrito a un cuestionario de veinte (20) preguntas ajustadas al
programa que figura en el punto 1.3 del anexo 1 «Temas exclusivos a la especialidad
guardapescas marítimos» de la Resolución de 31 de julio de 2012, de la Secretaría de
Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18 de enero de 1999, en lo relativo a
la formación previa y uniformidad de los guardas particulares del campo, en sus distintas
especialidades, además se contestará una (1) pregunta reserva que figura en el citado
cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de veintiún (21) minutos.
La pregunta de reserva, solamente, será valorada en el caso de que el Tribunal
calificador anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el
cuadernillo.
Este ejercicio se calificará a razón de un (1) punto por respuesta correcta. Para ser
declarado apto, el aspirante deberá obtener como mínimo la mitad de los puntos (10
puntos), teniendo en cuenta que las respuestas erróneas no restan puntuación alguna.
b) Segunda prueba (prueba de aptitud física): consistirá en la realización de los
ejercicios físicos descritos en el punto 3 del anexo I «Pruebas de preparación física para
los aspirantes a la especialidad de guardapescas marítimos» de la Resolución de 31 de
julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se modifica la de 18
de enero de 1999. Deberán superarse las marcas y tiempos establecidos en el citado
punto y tendrá carácter eliminatorio. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no
apto».
Para su realización, los aspirantes vendrán provistos de bañador, gorro de baño y de
tarjeta sanitaria en vigor. Asimismo, antes de la realización de las pruebas de aptitud
física, deberán entregar al Tribunal calificador un certificado médico oficial expedido
dentro de los 15 días anteriores a la fecha de la realización de las pruebas de aptitud
física en el que se haga constar de forma concreta y expresa que el aspirante reúne las
condiciones físicas precisas para realizar la referida prueba, tal como se describe en el
apéndice II. La no presentación de dicho documento en los términos expuestos supondrá
la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Las materias objeto de examen relacionadas en los anexos mencionados, serán las
que a fecha de la prueba teórica, se encuentren en vigor.
4.2 Supeditación de la calificación de pruebas de especialidad: Los que se
presenten en la misma convocatoria a las pruebas para guardas rurales y a las de
alguna de sus especialidades realizarán todas aquellas a las que hayan sido
convocados, si bien deberán haber superado las de guarda rural para que les sean
calificadas las de las especialidades.
4.3 Resultados provisionales: Finalizadas las pruebas de aptitud descritas, se hará
público por las vías señaladas en la base 2.2., el Acuerdo del Tribunal calificador con los
resultados provisionales de las pruebas, disponiéndose de un plazo de diez (10) días
naturales contados a partir del siguiente al de publicación para que los interesados
puedan alegar lo que estimen oportuno.
4.4 Resultados definitivos: Finalizado el plazo de alegaciones del punto anterior,
mediante Acuerdo del Tribunal se hará público en las vías señaladas en la base 2.2., los
resultados definitivos de las pruebas.
5.

Superación de las pruebas

Mediante resolución de esta Secretaría de Estado de Seguridad se hará público en el
«Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que, habiendo acreditado los
requisitos y superado las pruebas exigidas en las bases 1 y 4 de esta convocatoria sean
declarados aptos definitivos para la habilitación en el ejercicio de las correspondientes
profesiones, previa expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional.

cve: BOE-A-2023-24462
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Núm. 286