I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-24413)
Orden HFP/1285/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 281, "Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y por la que se regulan los requisitos del "Libro registro de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario".
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

Posiciones

86-145

146-163

164-165

166-167

168-171

172-182

183-197

198-212

Naturaleza

Sec. I. Pág. 159367

Descripción de los campos

Alfanumérico.

FACTURA OPERACIÓN DECLARADA.
Número y, en su caso, serie de la factura de la operación
declarada.
Si la identificación de la factura incluye la serie, se recomienda que
figure en primer lugar, seguida del número de factura con un blanco
por medio.
Este campo deberá estar ajustado a la izquierda, por tanto, no debe
comenzar con espacios en blanco.

Alfanumérico.

NÚMERO DECLARACIÓN EN ADUANA OPERACIÓN
DECLARADA.
En su caso, el número de la declaración en aduana aparejado a la
operación declarada.
Si la operación declarada no tuviera aparejada ninguna declaración
en aduana, el contenido de este campo se rellenará a blancos.

Alfabético.

CÓDIGO PAÍS EXPEDICIÓN.
Se consignará el código que corresponda al país o territorio de
expedición de las mercancías, de acuerdo con los códigos
alfabéticos de países y territorios que figuran en la Orden EHA/
3496/2011, de 15 de diciembre, en su anexo II (BOE 26/12/2011).

Alfabético.

CÓDIGO PAÍS DESTINO.
Se consignará el código que corresponda al país o territorio de
destino de las mercancías, de acuerdo con los códigos alfabéticos
de países y territorios que figuran en la Orden EHA/3496/2011, de
15 de diciembre, en su anexo II (BOE 26/12/2011).

Numérico.

TIPOLOGÍA MERCANCÍA.
Cuando sea posible, se informará de la tipología de las mercancías,
por referencia al código de Nomenclatura Combinada, anexo I del
Reglamento (CEE) núm. 2658/87
del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y
al arancel aduanero común.
En caso de no resultar aplicable la Nomenclatura Combinada,
se informará de la tipología de las mercancías
por referencia al código del Sistema Armonizado
(Convenio internacional del Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercancías), si resultase aplicable.

Numérico.

CANTIDAD MERCANCÍA.
Número de bultos embalados de tal forma que no se puedan dividir
sin deshacer el embalaje o número de unidades, una vez
desembaladas. Esta información no se facilitará cuando se trate de
mercancías a granel.

Numérico.

IMPORTE OPERACIÓN DECLARADA.
Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe en euros
de la operación declarada.
Este campo se subdivide en dos:
183-195 Parte entera del importe de la operación declarada.
196-197 Parte decimal del importe de la operación declarada.

Numérico.

MASA BRUTA (KG).
Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el peso (masa),
expresado en kg, de las mercancías objeto de la
operación declarada, incluido el embalaje, pero sin el material de
transporte.
Este campo se subdivide en dos:
198-209 Parte entera del peso (masa) bruto, expresado en kg.
210-212 Parte decimal del peso (masa) bruto, expresado en kg.

cve: BOE-A-2023-24413
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 286