I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-24412)
Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 430 de "Impuesto sobre las primas de seguros. Autoliquidación" y se determina la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las órdenes ministeriales que aprueban los diseños de registro de los modelos 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296 y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la orden ministerial que aprueba el modelo 289.
50 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

«Posiciones

Naturaleza

Sec. I. Pág. 159350

Descripción de los campos

Se consignará "2" en los supuestos en que, por tratarse de
rendimientos de capital mobiliario obtenidos en la isla de La
Palma, con derecho a la deducción del artículo 68.4 de la
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de
las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta
de no residentes y sobre el patrimonio (LIRPF), prevista con
carácter excepcional por la disposición adicional
quincuagésima séptima de la misma Ley, el pagador hubiera
determinado el tipo de retención de acuerdo con lo previsto
en el artículo 90.2 del Reglamento del Impuesto.
Se consignará "0" en cualquier otro supuesto».
«Posiciones

Naturaleza

315-500

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Descripción de los campos

BLANCOS».

Artículo 13. Modificación de la Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, por la que
se aprueba el modelo 165, «Declaración informativa de certificaciones individuales
emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación» y se
determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se
modifica la Orden de 27 de julio de 2001, por la que se aprueban los modelos 043,
044, 045, 181, 182, 190, 311, 371, 345, 480, 650, 652 y 651, en euros, así como el
modelo 777, documento de ingreso o devolución en el caso de declaracionesliquidaciones extemporáneas y complementarias, y por la que se establece la
obligación de utilizar necesariamente los modelos en euros a partir del 1 de enero
de 2002.
Se introduce la siguiente modificación en la Orden HAP/2455/2013, de 27 de
diciembre:
Se introduce un nuevo campo, «EMPRESA EMERGENTE», que ocupará la
posición 184 del registro de tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro del
modelo 165, contenidos en el anexo de la Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre,
que tendrá la siguiente redacción, y se actualizan en consecuencia las posiciones
correspondientes a «BLANCOS»:
«Posiciones

Naturaleza

184

Alfabético

Descripción de los campos

EMPRESA EMERGENTE

En el supuesto de que el declarante no tenga la
consideración de empresa emergente, este campo irá a
blanco».
«Posiciones

Naturaleza

185-500

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Descripción de los campos

BLANCOS».

cve: BOE-A-2023-24412
Verificable en https://www.boe.es

Se consignará “X” cuando el declarante tenga la
consideración de empresa emergente, según lo establecido
en el apartado 1 del artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de
diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas
emergentes.