III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-24404)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, para instrumentar la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para la atención a personas migrantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

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Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha desarrollado el «Plan Canarias», cuyo
objetivo, es la mejora del Sistema de Acogida en las Islas Canarias. El «Plan Canarias»
ha recibido financiación tanto a través de los Presupuestos Generales del Estado como a
través de la Unión Europea, a través de instrumentos como el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y las Ayudas de Emergencia (EMAS) y las Acciones de la
Unión, a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI). Las cifras de
llegadas han alcanzado máximos tanto en el año 2021 (22.316 migrantes), como durante
el curso de 2022 (15.682 migrantes), disminuyendo su número durante enero a 15 de
julio de 2023 (7.910).
No obstante, las cifras de llegadas han aumentado y entre el 15 de julio y el 30 de
septiembre han llegado a las costas Canarias un total de 11.107 migrantes, lo cual ha
motivado la aprobación de la Orden de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad,
Juventud, Infancia y Familias de 27 de septiembre de 2023, BOC n.º 198, de 6 de
octubre, por la que se declara la situación emergencia social y atención prioritaria a la
situación de los menores extranjeros no acompañados que permanecen en los recursos
alojativos designados por el Gobierno de Canarias.
A nivel estatal y de conformidad con la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, los poderes
públicos promoverán la plena integración de los extranjeros en la sociedad española, en
un marco de convivencia de identidades y culturas diversas sin más límite que el respeto
a la Constitución y la ley. Las Administraciones Públicas incorporarán el objetivo de la
integración entre inmigrantes y sociedad receptora, con carácter transversal a todas las
políticas y servicios públicos, promoviendo la participación económica, social, cultural y
política de las personas inmigrantes, en los términos previstos en la Constitución, en los
Estatutos de Autonomía y en las demás leyes, en condiciones de igualdad de trato. A
estos efectos cabe destacar la reforma del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11
de enero, llevada a cabo por el Real Decreto 903/2021, de 19 de octubre, que persigue,
entre otros objetivos, evitar la irregularidad sobrevenida de menores no acompañados
una vez que acceden a la mayoría de edad y la creación de un régimen propio de
residencia de jóvenes extutelados que permite, en última instancia, facilitar la inserción
sociolaboral de estos jóvenes.
Tercero.
Que mediante Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023, se aprueba una subvención nominativa a favor de la
Comunidad Autónoma de Canarias en el subconcepto 37.01.941O.454.11.
Posteriormente, se tramita una transferencia a favor del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones al concepto 32.03.231H.453 «A la Comunidad Autónoma
de Canarias para Atención a Menores Inmigrantes», por un importe de 50.000.000 euros.

Que el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones establece y regula la canalización de la concesión de subvenciones
nominativas previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Y que el
artículo 28.1 de esta misma ley dispone que los convenios serán el instrumento habitual
para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos
Generales del Estado, estableciéndose en dichos convenios las condiciones y
compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en esta ley. Por todo ello, y al
amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2 y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 65 de su Reglamento,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, ambas partes acuerdan suscribir
el presente convenio.

cve: BOE-A-2023-24404
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Cuarto.