III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24391)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023
2.4.10

Sec. III. Pág. 159212

Supervisión de herramientas en operaciones de buceo (teórico y práctico).

2.4.10.1
de buceo.
2.4.10.2
2.4.10.3
2.4.10.4
usar equipos.

Asegurar la segura aplicación y uso de herramientas durante operaciones
Identificar riesgos y controles aplicables al uso de explosivos subacuáticos.
Mantener al día los equipos.
Comprender las cualificaciones y formaciones del personal a la hora de

2.4.11 Supervisar las operaciones de cámara (teoría y práctica).
2.4.12 Uso y operaciones de la cámara de descompresión.
2.4.13 Gestionar los riesgos potenciales y aplicar medidas de control de riesgos
para su uso cámara de descompresión.
2.4.14 Supervisar el uso de cámaras de descompresión para llevar a cabo la
compresión y/o descompresión.
2.5
2.5.1





Aplicar primeros auxilios.

Evaluar la situación.
Aplicar los procedimientos de primeros auxilios.
Comunicar los detalles del incidente.
Evaluar el desempeño propio.

2.5.2







Competencias.

Administrar oxígeno en una situación de emergencia.

Evaluar accidentes y desarrollar un plan de gestión.
Comprobar el equipo.
Mantener las vías respiratorias despejadas.
Reanimación de víctima.
Uso de oxígeno para proporcionar terapia.
Recuperar y restaurar el equipo.

2.5.3

Llevar a cabo rol del Jefe de Seguridad de buceo.

– Identificación y descripción de las funciones y responsabilidades del Jefe de
Seguridad de buceo.
– Identificar y describir el marco normativo para el buceo profesional en la
correspondiente ubicación.
– Cumplir con los requisitos legales en todas las actividades asociadas con el trabajo
como Jefe de Seguridad en la industria del buceo.
Ejecutar y supervisar los programas de salud y seguridad.

– Proporcionar información al grupo de trabajo sobre la salud laboral y de las
políticas de seguridad, procedimientos y programas.
– Aplicar y supervisar los procedimientos para la identificación de peligros, la
evaluación de riesgos y control de riesgos.
– Implementar procedimientos para hacer frente a eventos peligrosos y equipos.
– Aplicar y supervisar los procedimientos para el mantenimiento de la seguridad
laboral y registros de seguridad.
2.5.5

Aplicar la física y la fisiología de buceo y realizar cálculos asociados.

– Evaluar la seguridad de los demás en un ambiente hiperbárico, en cambios de
presión y en ambientes subacuáticos.

cve: BOE-A-2023-24391
Verificable en https://www.boe.es

2.5.4