III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24179)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Suki, de 49,5 MW, Suzaku, de 42,2 MW, Son, de 49,5 MW, Sirio, de 49,5 MW, Saya, de 49,5 MW, Ryu, de 49,5 MW, Sabik, de 49,5 MW y Sakura, de 49,5 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Martes 28 de noviembre de 2023

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polvo, pisoteo, etc. En fase de funcionamiento, pueden tener lugar afecciones puntuales de
escasa magnitud.
El EsIA contempla en fase de construcción la delimitación del área necesaria para los
trabajos de construcción, que incluirá la ocupada por las instalaciones e infraestructuras,
y los acopios de tierras pegados a las zonas de excavación. Para las zonas de
instalaciones auxiliares se tenderá a reducir la superficie alterada de vegetación natural,
especialmente de la vegetación más compleja como matorrales maduros y comunidades
consideradas HIC. En cuanto al movimiento de tierras, la zona por la que transita la
maquinaria y en la que se localicen los acopios el promotor se ajustará estrictamente a la
franja y área de ocupación que define el proyecto; además los límites de la zona de
obras, en los lugares colindantes con vegetación natural de interés, se marcarán con
hitos y señales claramente visibles.
En la fase de explotación, según el promotor, el impacto se debe al despeje de
vegetación arbórea que se debe realizar debajo de cada aerogenerador y en la banda de
terreno por la que discurren las líneas eléctricas.
Además de la revegetación y restauración de las superficies afectadas, el promotor
propone como medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias, siembra
convencional de pastizal, siembra de zonas de cultivo, hidrosiembra, y plantación de
módulo base con especies arbustivas aptas para ambientes mesomediterráneos que
servirá para reponer una primera cubierta vegetal que permita el desarrollo y extensión
de la vegetación del lugar que responde a las series del coscojal continental.
El INAGA, en su primer informe, platea condiciones para la compensación de la
pérdida de vegetación y hábitats.
El promotor en respuesta presenta documentación complementaria en la que incluye
un Plan de Compensación para HIC, indicando que compensarán en otros terrenos, en
una superficie equivalente a la detraída, las superficies ocupadas por HICs que sean
afectadas de forma permanente por ocupación de las instalaciones. La compensación se
realizará implantando el mismo tipo de vegetación existente en un área que se encuentre
próxima a aquélla en la que se produjo la pérdida.
El INAGA, en su segundo informe, muestra su conformidad con las medidas
compensatorias planteadas por el mismo.
Con el objeto de asegurar su cumplimiento, las medidas propuestas por el INAGA en
sus informes se han incluido como condiciones en la presente resolución, junto con las
establecidas por esta Dirección General en relación a la vegetación.

El EsIA aporta un listado de las especies de mamíferos, anfibios y reptiles de la zona,
destacando la presencia de especies recogidas en el Catálogo Español de Especies
Amenazadas (CEEA) y Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (CEAAr). Según
el promotor, los grupos faunísticos más relevantes, que son los que se verán
potencialmente más afectados por el proyecto, son las aves y los quirópteros, por lo que
el EsIA incluye sendos estudios específicos de avifauna y quiropterofauna desarrollados
entre el mes de octubre de 2020 y el mes de mayo de 2022, con el objeto de conocer el
uso del espacio por parte de las especies presentes en la zona de estudio.
Según el promotor, en la información aportada por el Departamento de Agricultura,
Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón se indica que en la zona de
estudio existen diversas cuadrículas de presencia y/o nidificación de alimoche común
(Neophron percnopterus), Vulnerable en el Listado de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial (LESRPE, en adelante), en las poligonales de los PEs Ryu, Saya,
Son, Sabik, Sirio, Suki, Sakura y Suzaku; presencia y/o nidificación de milano real
(Milvus milvus), en Peligro de Extinción en el LESRPE (PEx, en adelante), en todas las
poligonales de los PEs; zona de presencia o nidificación de sisón común (Tetrax tetrax)
PEx, avutarda común (Otis tarda) y alcaraván común (Burhinus oedicnemus), ambos
Listados en el LESRPE, en varias cuadrículas a menos de 30 km de las poligonales y

cve: BOE-A-2023-24179
Verificable en https://www.boe.es

b.5. Fauna: