III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2023-24177)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 24 de octubre de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación con la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Martes 28 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 158524

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
24177

Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 24 de octubre de
2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en relación
con la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la
agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 14 de noviembre de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con la
Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura
social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón
La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente
Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con los artículos 14, 18, 50 y 53 y la disposición transitoria
segunda de la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la
agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón, ambas partes consideran
solventadas las mismas conforme a los siguientes compromisos y consideraciones.

a) La modificación legislativa de los artículos 14 y 53 tendrá como fin clarificar el
ámbito de aplicación de tales preceptos de modo que se excluya de los mismos a los
proyectos e infraestructuras públicas de regadío de competencia estatal ya sea por
realizarse en cuencas hidrográficas intercomunitarias o bien, por tratarse de proyectos e
infraestructuras públicas de regadío declarados de interés general de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la
Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
b) La modificación legislativa del artículo 18 tendrá como fin aclarar que el sistema
alternativo de financiación de obras de regadío en zonas regables de interés general al
que se refiere dicho precepto será de aplicación en el ámbito competencial de la
Comunidad Autónoma de Aragón y sólo excepcionalmente será de aplicación al Estado
si así se acordara mediante el instrumento de cooperación específico y en los términos
establecidos en dicho instrumento, que podrá establecer un régimen jurídico distinto al
establecido en el artículo 18 de la norma autonómica.

cve: BOE-A-2023-24177
Verificable en https://www.boe.es

1.º Ambas partes estiman procedente que, por parte del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Aragón, se promueva la correspondiente modificación legislativa de los
artículos 14, 18, 50 y 53 de la Ley 6/2023, de 23 de febrero, de acuerdo con los criterios
que se detallan a continuación: