III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2023-24182)
Orden CUD/1278/2023, de 20 de noviembre, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre los lotes n.º 836 y 1066, subastados por la sala Fernando Durán, en Madrid.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Martes 28 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 158583

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
24182

Orden CUD/1278/2023, de 20 de noviembre, por la que se ejercita el derecho
de tanteo sobre los lotes n.º 836 y 1066, subastados por la sala Fernando
Durán, en Madrid.

A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes,
formulada el día 8 de noviembre de 2023, en aplicación del artículo 38 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40
y 41.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley,
dispongo:
Primero.
Que se ejercite el derecho de tanteo para el Museo de Bellas Artes de Valencia, con
cargo a sus presupuestos, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo
de la subasta pública celebrada en la sala Fernando Durán, en Madrid, el día 7 de
noviembre de 2023, con los números de lote y referencias siguientes:
Lote 836. Julio Vila Prades (1873-1930). «Las murmuradoras» (1906). Óleo sobre
lienzo, 190 × 222 cm.
Lote 1066. Gastón Castelló (1901-1986). «Maternidad». Óleo sobre
lienzo, 185 × 160 cm.
Segundo.
Para el abono a la sala subastadora del precio de remate de nueve mil euros (9.000 €),
más los gastos inherentes, así como para la custodia de los bienes subastados, el
representante de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente con
los subastadores las medidas que estime convenientes.

cve: BOE-A-2023-24182
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 20 de noviembre de 2023.–El Ministro de Cultura y Deporte,
P.D. (Orden CUL/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura y
Deporte, P.S. (Orden del Ministerio de Cultura y Deporte, de 15 de junio de 2023), el
Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X