III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Organizaciones interprofesionales. (BOE-A-2023-24176)
Orden APA/1276/2023, de 19 de noviembre, por la que se reconoce a la Organización Interprofesional del Aguacate y el Mango, como organización interprofesional agroalimentaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Martes 28 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
24176

Orden APA/1276/2023, de 19 de noviembre, por la que se reconoce a la
Organización Interprofesional del Aguacate y el Mango, como organización
interprofesional agroalimentaria.

De conformidad con la propuesta elevada por la Secretaría General de Agricultura y
Alimentación relativa a la solicitud de reconocimiento como organización interprofesional
agroalimentaria, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del
Parlamento europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la
organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los
Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º
1234/2007 y conforme a lo establecido en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre,
reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, reuniendo todos
los requisitos establecidos en la vigente normativa y habiéndose informado
favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales
Agroalimentarias en su reunión del día 16 de noviembre de 2023 acuerdo:
Reconocer como organización interprofesional agroalimentaria en el sector del
aguacate y el mango a la Organización Interprofesional del Aguacate y el Mango, que se
inscribirá por la Dirección General de la Industria Alimentaria en el Registro de
Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con el
artículo 114.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo máximo de
un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo máximo de dos meses a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo
los artículos 11.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambas vías de impugnación.

cve: BOE-A-2023-24176
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 19 de noviembre de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Luis Planas Puchades.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X