V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-35645)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., relativo a la aprobación del canon de regulación de los embalses del Guadalope año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 57770

de octubre de 2023 y que se transcribe:
- Hectáreas de riego del grupo 1.º: 24,013141 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 2.º: 25,788470 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 3.º: 24,342116 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 4.º: 26,117447 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 5.º: 23,355188 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 6.º: 31,511513 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 7.º: 32,169466 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 8.º: 35,130250 euros/hectárea.
- Hectáreas de riego del grupo 9.º: 39,578307 euros/hectárea.
- Metros cúbicos de agua para abastecimiento anteriores a Calanda: 0,023708
euros/metro cúbico.
- Metros cúbicos de agua para abastecimiento posteriores a Calanda: 0,026714
euros/metro cúbico.
- Metros cúbicos de agua con consumo para usos industriales: 0,000000 euros/
metro cúbico.
- Metros cúbicos de agua sin consumo: 0,000000 euros/metro cúbico.
- kWh mejorado: 0,010686 euros/kWh.
SEGUNDO.- Desestimar la alegación segunda de la Junta Central de Usuarios
del Guadalope en relación con la participación de ENDESA en la amortización de
la inversión.
TERCERO.- Publicar esta Resolución en el BOE y el portal del Organismo de
cuenca (www.chebro.es)
CUARTO.- Notificar esta Resolución al reclamante, con indicación de los
recursos que contra la misma podrá interponer.
QUINTO.- Dar traslado a Dirección Técnica y al Servicio Económico de este
Organismo, para su conocimiento."
Conforme a lo dispuesto en el artículo 313 del Reglamento de Dominio Público
Hidráulico, la citada Resolución de la Presidencia, tiene carácter económico
administrativo por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de
reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión, esta última,
al Tribunal Económico Administrativo Regional de Aragón, sin que sea posible
simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recursos deberán dirigirse a
Confederación Hidrográfica del Ebro y presentarse dentro del mes siguiente a la
publicación de la citada Resolución de la Presidenta del 26 de octubre del 2023,
todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 222, 223, 225, 229 y 235 de la
Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

cve: BOE-B-2023-35645
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Núm. 284