II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2023-23994)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 15 de septiembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
23994

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
15 de septiembre de 2023.

Por Resolución de 15 de septiembre de 2023 (BOE del 2 de octubre) se convocó la
provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación
que exige el Capítulo III del Título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría ha dispuesto:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del Reglamento anteriormente citado.
Tercero.

Madrid, 21 de noviembre de 2023.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, P.S. (Real Decreto 497/2020, de 28 abril), la Secretaria General Técnica,
Iría Álvarez Besteiro.

cve: BOE-A-2023-23994
Verificable en https://www.boe.es

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1
Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.