III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-24082)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por la que se publica la modificación y prórroga para el año 2024 del Convenio con el Instituto de Nacional de Administración Pública, O.A., para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 158041

PRTR. La prórroga del convenio tendrá plenos efectos desde el 16 de diciembre
de 2023, y extenderá su eficacia hasta el 15 de diciembre de 2024.
Segundo.

Modificación del convenio.

En el convenio antes descrito se procede a modificar la cláusula segunda, cuya
redacción definitiva quedaría como sigue:
«Segunda.

Contenido y actividades a desarrollar.

Las actuaciones formativas a desarrollar en ejecución del presente convenio
serán las contenidas en el anexo I e incluirán, conforme al objetivo establecido en
la cláusula primera:
1. La formación del personal de la Administración General del Estado, del
personal de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las
ciudades de Ceuta y Melilla, del personal de las Administraciones de las entidades
locales y del personal de los organismos públicos, agencias y demás entidades de
derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de
cualquiera de las Administraciones Públicas y del personal de las Universidades
públicas encargado de la ejecución, control y auditoría del PRTR en todos sus
niveles.
2. La formación de otro personal distinto de los anteriores, encargado de la
ejecución, control y seguimiento del PRTR en organismos colaboradores o
participantes directos en el PRTR.
3. El desarrollo, puesta en funcionamiento y aplicación de los medios
técnicos y las herramientas informáticas o de otro tipo necesarias en su caso para
el desarrollo de las actuaciones formativas previstas, poniéndolos a disposición de
la SGFE.
4. El desarrollo de jornadas de difusión del PRTR y de la formación impartida
con cargo a él.
5. La organización de un máximo de cinco foros formativos de discusión y
debate en materia de formación del PRTR.
6. La organización de al menos un seminario anual sobre el PRTR a nivel
nacional durante la vigencia del presente Convenio.
7. Cualesquiera otras actividades, actuaciones e inversiones que, con el
acuerdo previo de las partes y de conformidad con su clausulado, puedan llevarse
a cabo en el marco de la formación necesaria para la implementación del PRTR y
la consecución de los hitos y objetivos contemplados en esta materia en el mismo.

a) Dirigir la planificación de la formación objeto del presente convenio y
establecer la metodología de la misma dirigida al logro del refuerzo de las
capacidades administrativas y de la transformación de la Administración para la
ejecución del PRTR contenidos en el Plan de Transformación, Recuperación y
Resiliencia.
b) Participar conjuntamente con el INAP en los trabajos de desarrollo de los
objetivos y contenidos particulares de cada una de las actuaciones a desarrollar y
facilitar la coordinación general de las actividades formativas y de difusión, en
colaboración con el INAP.
c) Proponer la participación del personal y profesionales que considere para
la autoría de contenidos, la docencia o su inclusión como ponentes en las
diferentes actividades formativas y de difusión.

cve: BOE-A-2023-24082
Verificable en https://www.boe.es

Para el desarrollo de estas actuaciones, la SGFE se compromete, con cargo a
los fondos provenientes del Next Generation EU y conforme con lo contenido en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a: