III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-24081)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Economistas de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
24081

Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Economistas de
Madrid.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Economistas de Madrid, un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 17 de noviembre de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro)
y el Colegio Oficial de Economistas de Madrid, de colaboración en materia de gestión
catastral
En Madrid, a dieciséis de noviembre del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, doña Amelia Pérez Zabaleta, Decana Presidenta del Colegio de
Economistas de Madrid, habiendo sido proclamada electa el 24 de mayo de 2023, cuya
representación ostenta al amparo del artículo 22 de sus Estatutos, aprobados en Junta
General Ordinaria y Extraordinaria de 23 de abril de 2019, y ratificados por el Consejo
General de Economistas de España el 16 de mayo de 2019, de conformidad con el
artículo 1.1 D) de los Estatutos Generales del Consejo General, aprobados por Real
Decreto 900/2017, de 6 de octubre (BOE de 11 de noviembre).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el

cve: BOE-A-2023-24081
Verificable en https://www.boe.es

Primero.