V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-35490)
Anuncio de 11 de Octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se declara la condición de mineromedicinales, minerales naturales, a las aguas del Recurso de la Sección B), sito en la provincia de Granada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 57524

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

35490

Anuncio de 11 de Octubre de 2023, de la Delegación Territorial de
Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas
en Granada, por el que se declara la condición de mineromedicinales,
minerales naturales, a las aguas del Recurso de la Sección B), sito en
la provincia de Granada.

El Delegado Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de
Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Granada, hace saber la
declaración de aguas minero-medicinales, minerales naturales, en el término
municipal de Alquife (Granada), según resolución de la Secretaría General de
Industria y Minas de fecha 19 de septiembre de 2023 y dice:
"Vistas la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el Reglamento General para el
Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y
demás disposiciones legales de pertinente y general aplicación, esta Secretaría
General de Industria y Minas, a propuesta de la Dirección General de Minas y con
la conformidad del Servicio de Minas,
RESUELVE
Declarar la condición de agua minero-medicinal, mineral natural, a las relativas
al recurso de la Sección B), denominado «AQUA ALQUIFE», número 70,
localizadas en el término municipal de Alquife (Granada), a instancias de la entidad
Aqua de Alquife, S.L., cuyas coordenadas UTM son: X-491.325 Y-4.119.565
Todo ello, para el posterior aprovechamiento del recurso como agua envasada
para consumo humano, debiendo solicitarse la oportuna autorización dentro del
plazo improrrogable de un año, contado a partir del día siguiente a la notificación
de la presente Resolución, conforme establece el artículo 40 del Reglamento
General para el Régimen de la Minería. En caso de no solicitarse dentro del plazo
reseñado, se dará por extinguido, sin más trámite, el derecho preferente al
aprovechamiento por parte de la entidad Aqua de Alquife, S.L.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería Industria,
Energía y Minas, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su
notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas."

https://portalandaluzdelamineria.chie.junta-andalucia.es/
portalandaluzdelamineria/ConsultaRMA
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el art. 140 y el
Título IV del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto
de 1978.

cve: BOE-B-2023-35490
Verificable en https://www.boe.es

Para mayor información sobre el derecho minero, el público interesado podrá
consultar el Registro Minero de Andalucía en el Portal Andaluz de la Minería en la
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